ALBERTO ANTONIO ESCOBAR GUTIERREZ, COMERCIALIZADORA ALFAUTOS EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 24 de enero de 2018
- Notario
- ZAIDA DEL CARMEN SILVA ARRIAGADA
- Oficio
- Tercera Notaria de La Cisterna
- Comuna
- La Cisterna
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la Empresa Individual será en Santiago, ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
- Ley aplicable
- Ley 19.857
Objeto social
El objeto de la Empresa Individual será: La mantención y reparación de cualquier tipo de vehículos, la compraventa, importación, exportación y distribución de todo tipo de automóviles, repuestos accesorios automotrices y lubricantes, y desabolladura y pintura de vehículos y cualquier otra actividad, relacionada con el
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalZAIDA DEL CARMEN SILVA ARRIAGADA, Abogado, Notario Público de la Tercera Notaria de La Cisterna, con Oficio en Gran Avenida José Miguel Carrera N°7972, La Cisterna, Certifico: Por escritura pública hoy, ante mí: JAIME OSCAR HOYOS MONTUPIL, chileno, casado y separado de bienes, comerciante, C.I.: 9.900.100-3 y ALBERTO ANTONIO ESCOBAR GUTIERREZ, chileno, divorciado, comerciante, 50 años de edad, C.I. 10.924.589-5, ambos con domicilio para estos efectos en Av. Viel N°1972, comuna de Santiago, suscribieron escritura pública de cesión de derechos y transformación de sociedad “COMERCIALIZADORA ALFAUTOS LIMITADA”, RUT.: 76.863.307-k, constituida por escritura pública de fecha 24 de enero del año 2018, ante la Notario Público de Vigésima Sexta Notaria de Santiago don Humberto Quezada Moreno e inscrita a fojas 20.982, número 11.140, del Registro de Comercio del año 2018, del Conservador Registro de Comercio y de Bienes Raíces de Santiago, en Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, todo ello acuerdo Ley 19.857 y demás normas legales pertinentes, PRIMERO: CESION DE DERECHOS SOCIALES, El socio JAIME OSCAR HOYOS MONTUPIL vende, cede y transfiere a don ALBERTO ANTONIO ESCOBAR GUTIERREZ, la totalidad de sus derechos en la sociedad. El precio de la cesión de derechos es la suma de $1.500.000, suma que el cesionario paga al cedente en este acto, de contado, y en dinero en efectivo declarando el cedente que recibe dicho monto a su entera y completa satisfacción. Quedando como único socio de la sociedad don ALBERTO ANTONIO ESCOBAR GUTIERREZ por el presente acto y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la ley 19.857, la presente sociedad se transforma en Empresa Individual de Responsabilidad Limitada. Razón social: “ALBERTO ANTONIO ESCOBAR GUTIERREZ, COMERCIALIZADORA ALFAUTOS EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales y comerciales ante terceros, inclusive los Bancos y el Servicio de Impuestos Internos, el nombre de fantasía “COMERCIALIZADORA ALFAUTOS E.I.R.L.” Objeto: El objeto de la Empresa Individual será: La mantención y reparación de cualquier tipo de vehículos, la compraventa, importación, exportación y distribución de todo tipo de automóviles, repuestos accesorios automotrices y lubricantes, y desabolladura y pintura de vehículos y cualquier otra actividad, relacionada con el giro. Administración y uso de razón social: Corresponderá a constituyente ALBERTO ANTONIO ESCOBAR GUTIERREZ, amplias facultades. Capital: $3.000.000, que el constituyente transfiere a la Empresa Individual en este acto, aportándolo en dinero en efectivo y al contado. Duración: La duración de la empresa individual será indefinida y comenzará a regir desde ésta fecha, sin perjuicio que el socio manifieste su intención de ponerle término a lo menos con seis meses de anterioridad a la época que se pretenda poner término efectivo a la sociedad, mediante declaración en escritura pública anotada al margen de ésta inscripción social. Domicilio: El domicilio de la Empresa Individual será en Santiago, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias, establecimientos o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país o en el exterior. Responsabilidad del titular limitada al aporte. Demás estipulaciones escritura extractada. - La Cisterna 4 de Septiembre de 2020.- Zaida Silva Arriagada Notario Público Tercera Notaria de La Cisterna.