AGRÍCOLA RINCON DE LOS TOROS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 26 de agosto de 2020
- Repertorio
- 12280/2020
- Notario
- Suplente de doña María Pilar Gutiérrez Rivera
- Oficio
- Décimo Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $300.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Santiago
- Duración
- 5 años contados a contar de la fecha de la escritura de constitución, plazo que se renovará automática y sucesivamente por períodos de 5 años, en la forma señalada en el contrato social
Objeto social
La sociedad tiene por objeto el desarrollo de actividades agrícolas, frutícolas, forestales y ganaderas, en predios rústicos propios o ajenos
Administración
Corresponderá en forma indistinta a uno cualquiera de los socios Juan Pablo Cristóbal Cruz Barros y Eduardo Alberto Birke Pfister
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPAULA ANDREA LUNA SAEZ, Suplente de doña María Pilar Gutiérrez Rivera, Notario Público Titular de la Décimo Octava Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos N° 669, piso 8°, Santiago, Región Metropolitana, certifico: por escritura pública de fecha 26 de agosto de 2020, Repertorio N°12.280/2020, ante la titular, don Juan Pablo Cristóbal Cruz Barros, cédula de identidad N°6.866.245-1, domiciliado en Avenida San Carlos de Apoquindo N° 1318, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; y don Eduardo Alberto Birke Pfister, cédula de identidad N° 6.975.775-8, domiciliado en Camino del Sembrador N° 9980, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, constituyen Sociedad de Responsabilidad Limitada. Nombre: AGRÍCOLA RINCON DE LOS TOROS LIMITADA, pudiendo usar también para fines comerciales, bancarios o de publicidad el nombre de fantasía RINCON DE LOS TOROS LTDA. Objeto: La sociedad tiene por objeto el desarrollo de actividades agrícolas, frutícolas, forestales y ganaderas, en predios rústicos propios o ajenos. Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio agencias o sucursales país o extranjero. Duración: 5 años contados a contar de la fecha de la escritura de constitución, plazo que se renovará automática y sucesivamente por períodos de 5 años, en la forma señalada en el contrato social. Capital: $300.000, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) Juan Pablo Cristóbal Cruz Barros aporta $150.000, equivalente al 50% del capital social, que paga al contado y en dinero efectivo, ingresándolo en este acto a la caja social; b) Eduardo Alberto Birke Pfister aporta $150.000, equivalente al 50% del capital social, que paga al contado y en dinero efectivo, ingresándolo en este acto a la caja social. Los socios limitan su responsabilidad personal hasta el monto de sus respectivos aportes. Administración: Corresponderá en forma indistinta a uno cualquiera de los socios Juan Pablo Cristóbal Cruz Barros y Eduardo Alberto Birke Pfister. Demás cláusulas en escritura extractada. Santiago, 07 de Septiembre de 2020.