MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

TRANSPORTES COGAR LIMITADA

RUT 77227380-0 CVE 1813883
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
1 de septiembre de 2020
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
1 de septiembre de 2020
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será, por cuenta propia o ajena: i) Transporte de carga por carreteras y caminos, dentro del territorio nacional y desde o hacia el extranjero, servicio de transporte de carga y)o pasajeros por vía terrestre, ya sea urbano, interurbano o por carretera, mediante cualquier medio de transporte. Actividades complementarias del transporte como manipulación de la carga, almacenamiento o depósito, terminales terrestres de pasajeros, estacionamiento de vehículos y parquímetros, agencias de transporte y otras actividades conexas al transporte. Actividades de bodegaje, embalaje, estivación, cabotaje, incluidas gestiones portuarias y aduaneras; ii) la representación de empresas nacionales y extranjeras de transporte o embalaje; iii) la compraventa, importación, exportación, comercialización, arrendamiento y distribución de toda clase de bienes muebles; corporales o incorporales, especialmente y sin significar restricción alguna, vehículos de toda clase, repuestos y partes de vehículos de toda clase, chatarra y mobiliario; iv) arrendamiento de vehículos, camiones, tracto camiones, ramplas, contenedores y otros, v) la asesoría, consultoría y capacitación en materias del giro social y cualquier otra actividad o negocio que acuerden los

Administración

La administración y el uso de la razón social corresponderá a don Ignacio Fernando Henríquez Mezzano, quien es designado directamente en los estatutos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

María José Bravo Cruz, Notario Suplente del Titular Eduardo Diez Morello de la Trigésimo Cuarta Notaria Santiago, domiciliado Luis Thayer Ojeda 359, Providencia, Santiago, certifica que: por escritura pública otorgada con fecha 01 de septiembre de 2020, bajo el repertorio número 12.800-2020, ante mí, Rosa María Cox Irarrázaval, domiciliada en Av. Bicentenario 4035, departamento 4191, Comuna de Vitacura, Región Metropolitana; y, Ignacio Fernando Henríquez Mezzano, en representación de Inversiones S.A., ambos domiciliados en Francisco Bertrand Vergara 3330, departamento 4191, Comuna de Vitacura, Región Metropolitana; transformaron sociedad de responsabilidad limitada en Sociedad por Acciones, modificando los estatutos en lo siguiente: Razón Social: TRANSPORTES COGAR LIMITADA a TRANSPORTES COGAR SpA. Administración: La administración y el uso de la razón social corresponderá a don Ignacio Fernando Henríquez Mezzano, quien es designado directamente en los estatutos. Capital: El capital de la sociedad es de $5.000.000.- dividido en 10.000 acciones nominativas, sin valor nominal y de única serie, el cual es suscrito en su totalidad por los comparecientes en la siguiente forma; 5.000 acciones para Rosa María Cox Irarrázaval que suscribe y paga con cargo a sus derechos sociales en la sociedad primitiva, y 5.000 acciones para Inversiones S.A. que suscribe y paga con cargo a sus derechos sociales en la sociedad primitiva. Objeto: El objeto de la sociedad será, por cuenta propia o ajena: i) Transporte de carga por carreteras y caminos, dentro del territorio nacional y desde o hacia el extranjero, servicio de transporte de carga y/o pasajeros por vía terrestre, ya sea urbano, interurbano o por carretera, mediante cualquier medio de transporte. Actividades complementarias del transporte como manipulación de la carga, almacenamiento o depósito, terminales terrestres de pasajeros, estacionamiento de vehículos y parquímetros, agencias de transporte y otras actividades conexas al transporte. Actividades de bodegaje, embalaje, estivación, cabotaje, incluidas gestiones portuarias y aduaneras; ii) la representación de empresas nacionales y extranjeras de transporte o embalaje; iii) la compraventa, importación, exportación, comercialización, arrendamiento y distribución de toda clase de bienes muebles; corporales o incorporales, especialmente y sin significar restricción alguna, vehículos de toda clase, repuestos y partes de vehículos de toda clase, chatarra y mobiliario; iv) arrendamiento de vehículos, camiones, tracto camiones, ramplas, contenedores y otros, v) la asesoría, consultoría y capacitación en materias del giro social y cualquier otra actividad o negocio que acuerden los socios. Vigencia: Indefinida. Santiago, 04 de septiembre de 2020.