MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

METAL MOLD SpA

RUT 76917519-9 CVE 1813437
Capital
$1.200.000 CLP
Fecha instrumento
10 de julio de 2018
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
10 de julio de 2018
Notario
IVAN TAMARGO BARROS
Oficio
51. Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.200.000 CLP

Administración

DECIMO QUINTO:

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IVAN TAMARGO BARROS, Abogado, Notario Público, Titular 51. Notaría de Santiago, domiciliado en Avenida Nueva Providencia N°2.635, Comuna Providencia, Santiago, certifico: Por escritura pública de hoy ante mí; don JORGE MARCELO RUEDA SAEZ, Chileno, Soltero, Empresario, C.N.I y RUT N° 11.948.181-3, domiciliado en ésta ciudad, calle Monseñor Eyzaguirre N° 185, Comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, en su calidad de actual y único accionista, representando la totalidad de las acciones emitidas de la sociedad “METAL MOLD SpA”, RUT N° 76.917.519-9. Capital: $1.200.000, que corresponde a 1.200 acciones, nominativas ordinarias de una sola serie sin valor nominal, las cuales se encuentran totalmente suscritas y pagadas, constituida por escritura pública con fecha 10-07-2018, suscrita ante el Notario Público, Titular de la Vigésima Primera Notaría de Santiago doña Myriam Amigo Arancibia, la que en extracto se inscribió a fjs. 57.349 N° 29.507 del Registro Comercio CBR Santiago, año 2018, publicado en el D.O. Electrónico de la República de Chile el 04-08-2018, en su Edición N° 42.124, Página 1 de 1, cve 1442172, viene en modificar la cláusula DECIMO QUINTO del TÍTULO TERCERO de los estatutos sociales, relativo a la administración, sustituyéndolos por el siguiente: “TITULO TERCERO: DE LA ADMINISTRACION. DECIMO QUINTO: Administración. La administración de la sociedad, la representación y el uso de la razón social corresponderá a don JORGE MARCELO RUEDA SAEZ, quien actuando por la sociedad y anteponiendo su firma a la razón social, la representará con todas y cada una de las facultades que se consignan en la cláusula DECIMO SEXTO del TITULO TERCERO de los estatutos sociales las que se dan por expresamente reproducidas una a una en presente instrumento. En todo lo no modificado por la presente escritura, el actual y único accionista ratifica y declara que se mantienen plenamente vigentes en todo su rigor y alcance las cláusulas del pacto social constitutivo. Demás estipulaciones constan en escritura que extracto. SANTIAGO, 13 de Agosto de 2020.-