Instrumento
- Fecha
- 4 de septiembre de 2020
- Notario
- ALVARO GONZALEZ SALINAS
- Oficio
- 42º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago, pudiendo abrir y mantener agencias y sucursales en otros lugares del país o del extranjero
- Ley aplicable
- Ley N° 18.046
Objeto social
“El objeto o giro de la sociedad será la ejecución por cuenta propia o ajena de las siguientes actividades: a) La realización y prestación ya sea bajo la forma de ejecución directa o colaboración de cualquier tipo de toda clase de estudios y proyectos, servicios, asesorías o consultorías profesionales, técnicas y)o estratégicas, de cualquier especie, particularmente en materias de marketing, negocios, desarrollo humano y recurso humanos; b) Organización y producción de toda clase de seminarios, congresos, foros, exposiciones, conferencias, cursos de actualización y perfeccionamiento nacionales e internacionales, ya sea de carácter presencial, vía web o por cualquier otro medio electrónico o digital; c) La inversión mediante la adquisición de bienes muebles, corporales e incorporales, incluyendo cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades o personas jurídicas de todo tipo y demás bienes incorporales muebles, así como la realización de todos aquellos actos tendientes a obtener el mejor aprovechamiento del producto de las operaciones de inversión que el o los socios acuerden; d) La adquisición y enajenación de toda clase de bienes raíces, urbanos o rurales, a cualquier título; arrendamiento y subarrendamiento de inmuebles urbanos o rurales; y la explotación, administración y realización de toda clase de operaciones sobre este tipo de bienes o negocios inmobiliarios en general, incluyendo asesorías, así como, la realización de todos aquellos actos tendientes a obtener el mejor aprovechamiento del producto de las operaciones inmobiliarias que el o los socios acuerden; y e) en general, el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con éstos. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. La sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus socios o empresas relacionadas.”
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALVARO GONZALEZ SALINAS, Abogado, Notario Público Titular de la 42º Notaría de Santiago, Agustinas 1070, 2º piso, Santiago, Región Metropolitana, certifica: Por escritura pública de fecha 04 de septiembre de 2020, ante mí, doña MARÍA PATRICIA HANSEN BENAVENTE, constituyó una sociedad por acciones que se regirá por sus estatutos, las disposiciones del Código de Comercio, y en subsidio, por las normas de la Ley N° 18.046, sus modificaciones y Reglamento, conforme se indica en la escritura extractada: Nombre: INVERSIONES PH SpA. Objeto: “El objeto o giro de la sociedad será la ejecución por cuenta propia o ajena de las siguientes actividades: a) La realización y prestación ya sea bajo la forma de ejecución directa o colaboración de cualquier tipo de toda clase de estudios y proyectos, servicios, asesorías o consultorías profesionales, técnicas y/o estratégicas, de cualquier especie, particularmente en materias de marketing, negocios, desarrollo humano y recurso humanos; b) Organización y producción de toda clase de seminarios, congresos, foros, exposiciones, conferencias, cursos de actualización y perfeccionamiento nacionales e internacionales, ya sea de carácter presencial, vía web o por cualquier otro medio electrónico o digital; c) La inversión mediante la adquisición de bienes muebles, corporales e incorporales, incluyendo cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades o personas jurídicas de todo tipo y demás bienes incorporales muebles, así como la realización de todos aquellos actos tendientes a obtener el mejor aprovechamiento del producto de las operaciones de inversión que el o los socios acuerden; d) La adquisición y enajenación de toda clase de bienes raíces, urbanos o rurales, a cualquier título; arrendamiento y subarrendamiento de inmuebles urbanos o rurales; y la explotación, administración y realización de toda clase de operaciones sobre este tipo de bienes o negocios inmobiliarios en general, incluyendo asesorías, así como, la realización de todos aquellos actos tendientes a obtener el mejor aprovechamiento del producto de las operaciones inmobiliarias que el o los socios acuerden; y e) en general, el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con éstos. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. La sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus socios o empresas relacionadas.” Capital: $1.000.000.- dividido en 1.000.000 de acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas por la compareciente en acto de constitución. Domicilio: Santiago, pudiendo abrir y mantener agencias y sucursales en otros lugares del país o del extranjero. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 7 de septiembre de 2020.-