MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

FIELDCORE SERVICE SOLUTIONS INTERNATIONAL, LLC, AGENCIA EN CHILE

RUT 59105540-2 CVE 1813898
Fecha instrumento
1 de septiembre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
1 de septiembre de 2020
Repertorio
3133-2020
Notario
Raúl Undurraga Laso
Oficio
29ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Ley aplicable
ley 18.046

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Raúl Undurraga Laso, abogado, Notario Público, titular de la 29ª Notaría de Santiago, domiciliado en calle Mac-Iver 225, oficina 302, certifico que por escritura pública de fecha 1 de septiembre de 2020, Repertorio N° 3133-2020, ante mí, don Edgar Herman Happke Abdulmalak, domiciliado en Mariano Sánchez Fontecilla número 31, piso 3, comuna de Las Condes, declaró: Que ha sido designado agente de la sociedad extranjera denominada FIELDCORE SERVICE SOLUTIONS INTERNATIONAL, LLC (la “Sociedad”), constituida, organizada y existente de acuerdo con la leyes de Delaware, Estados Unidos de América. La agencia de la Sociedad, que funciona en Chile actualmente bajo el nombre FIELDCORE SERVICE SOLUTIONS INTERNATIONAL, LLC, AGENCIA EN CHILE, se estableció en Chile el año 2004, de conformidad con los artículos 121 y siguientes de la ley 18.046, habiéndose inscrito un extracto de la protocolización de los documentos a que se refiere el referido artículo 121 de la misma ley y de la escritura pública de declaración, ambas otorgadas en la Notaría de Santiago de don Andrés Rubio Flores con fecha 7 de abril de 2004, a fojas 10.004 número 7.604 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2004. Con fecha 1 de septiembre de 2020 se protocolizó en esta Notaría bajo el Repertorio N° 3132-2020, un poder general otorgado en la ciudad de Baden, Suiza, con fecha 18 de junio de 2020, debidamente apostillado, en que consta la designación de don Edgar Herman Happke Abdulmalak como agente de la Sociedad en Chile y le confiere poder amplio para representar a la Sociedad en Chile, con autorización expresa para actuar bajo la responsabilidad directa de la misma, con facultad para realizar cualquiera y todas las operaciones en su nombre. Portador del extracto está facultado para requerir las inscripciones, publicaciones y trámites que procedan. Raúl Undurraga Laso, Notario Titular. Santiago, 4 de septiembre de 2020.