MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ENRIQUE MORALES Y COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 76445820-6 CVE 1811690
Fecha instrumento
8 de agosto de 2020
Notaría
Rancagua Jaime

Instrumento

Fecha
8 de agosto de 2020
Repertorio
3684-2020
Notario
otorgada ante María Carolina Polloni Vivero
Domicilio
San Felipe
Comuna
Rancagua Jaime

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FRANCISCA SALAS MEDINA, Notario Suplente del Titular 2º Notaría Rancagua Jaime Bernales Valenzuela, Bueras 359 Of. 102, certifico: Por escritura de fecha 08-08-2020, repertorio N° 3684-2020, don ENRIQUE ANTONIO MORALES MIRANDA, chileno, casado, contratista, CI N° 13.718.205-K, domiciliado en Villa Los Acacios, Pasaje Filomena Bórquez 984, Los andes, de paso en esta; doña GILIA VIVIANA MORALES ADILLE, chilena, casada, auxiliar de enfermería, CI N° 7.853.723-K, domiciliada en Sewell 243, Población Santa Teresita, Machalí; y don ENRIQUE ANTONIO MORALES ADILLE, chileno, casado y separado de bienes, empresario, CI N° 7.860.911-7, domiciliado en Calle Tierras Blancas 238, Machalí; modificaron la sociedad “ENRIQUE MORALES Y COMPAÑÍA LIMITADA”, o “EMACYS Y CIA. LTDA.”, constituida por escritura pública de fecha diecinueve de mayo del año dos mil cinco, otorgada ante María Carolina Polloni Vivero, abogado, notario público de San Felipe, suplente del titular don Jaime Polloni Contardo la cual fue saneada mediante escritura de fecha cinco de diciembre del dos mil cinco, otorgada ante Jaime Polloni Contardo, abogado, notario público titular de San Felipe, cuyo extracto fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Los Andes, a fojas tres vuelta número cuatro, del año dos mil seis, y publicada en el Diario Oficial Número treinta y ocho mil trescientos cuarenta y cinco de fecha veinticuatro de diciembre del año dos mil cinco, pagina nueve. Por el presente los comparecientes Modifican la sociedad de la siguiente forma: GILIA VIVIANA MORALES ADILLE, viene en vender, ceder y transferir la totalidad de sus derechos sociales o interés social, que corresponden a un setenta por ciento, a don ENRIQUE ANTONIO MORALES ADILLE, quien compra, acepta y adquiere para sí dichos derechos sociales, don ENRIQUE ANTONIO MORALES MIRANDA y don ENRIQUE ANTONIO MORALES ADILLE, además en su calidad de únicos y actuales socios de la sociedad “ENRIQUE MORALES Y COMPAÑÍA LIMITADA”, o “EMACYS Y CIA. LTDA.” Modifican la cláusula NOVENA del pacto social original de la siguiente forma: la administración, representación y uso de la razón social corresponderá indistintamente a cualquiera de los socios don Enrique Antonio Morales Miranda y don Enrique Antonio Morales Adille que obrando de esta manera y anteponiendo su firma a la razón social representará a la sociedad con todas y cada una de las facultades señaladas en la misma cláusula de la constitución de sociedad. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Rancagua, 10 de Agosto de 2020.