MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

EMASSO LTDA.

RUT 76108680-4 CVE 1811648
Capital
$8.000 CLP
Fecha instrumento
24 de agosto de 2020
Notaría
Pública

Instrumento

Fecha
24 de agosto de 2020
Repertorio
2507
Notario
ENRIQUE ORTIZ SCHINDLER
Oficio
Segunda Notaría Pública
Comuna
Pública

Sociedad

Capital
$8.000 CLP
Domicilio
Talca

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ENRIQUE ORTIZ SCHINDLER, abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría Pública, para las comunas de Talca, San Clemente, domiciliado en calle 1 Sur N°898, Talca, certifica que, por escritura otorgada ante mí, con fecha 24-08-2020, repertorio 2507 don FREDY WLADIMIR MASSO MATUS, cédula nacional de identidad número 14.345.462 – 2, y doña MARIA FERNANDA MASSO ESPINOZA, cédula nacional de identidad número 15.593.107 – 8, celebran escritura de cesión de derechos y modificación de sociedad: “SOCIEDAD DE TRANSPORTES ESPINOZA Y MASSO LIMITADA” O “EMASSO LTDA” RUT 76.108.680 - 4. DOMICILIO: Talca. CAPITAL: Ocho millones de pesos ($8.000.000). Por el instrumento en cuestión don FREDDY WLADIMIR MASSO MATUS, vende, cede y transfiere su 1% de las acciones y derechos en la sociedad que le pertenecen, a doña MARIA FERNANDA MASSO ESPINOZA, quien compra y acepta para sí el porcentaje y el interés de la cedente en la misma. El precio total de esta cesión es la suma de $200.000, que doña MARIA FERNANDA MASSO ESPINOZA, paga en este acto en dinero efectivo al cedente y que éste declara recibir a su entera satisfacción, sirviendo la presente de suficiente recibo de pago. En consecuencia, serán desde este momento único socio de la compañía doña JUANA MARIA ESPINOZA VALDES, con un 99% de las acciones y derechos de la compañía en cuanto a capital e ingresos proporcionales acumulados en su caso y doña MARIA FERNANDA MASSO ESPINOZA con un 1% las acciones y derechos de la compañía en cuanto a capital e ingresos proporcionales acumulados en su caso. Se otorga amplio y completo finiquito recíproco entre don FREDDY WLADIMIR MASSO MATUS y la sociedad. En cuanto a la administración, representación, uso de la razón social y del nombre de fantasía esta corresponde exclusivamente a la socia JUANA MARIA ESPINOZA VALDES, quien tiene todas y cada una de las facultades de la cláusula quinta del pacto social, las que se dan por expresamente reproducidas. Los actuales socios manifiestan su voluntad de seguir limitando su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. En todo lo que no sé no modifica por este instrumento seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social contenidas en la escritura de constitución de fecha doce de septiembre de dos mil tres. La socia y administradora JUANA ESPINOZA VALDES de conformidad a las facultades que se otorgan en la cláusula quinta del pacto social presente acto ratifica el mandato de administración otorgado con fecha catorce de mayo del año dos mil cuatro mediante escritura pública otorgada ante el notario público de Talca don Adolfo Pino Parra a don MARIO FERNANDO MASSO HORMAZABAL, con todas las facultades indicadas en la cláusula segunda del mandato indicado, las que no se reproducen por estimarse innecesario.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Talca 24 de agosto de 2020.