MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

DC INGENIERÍA PROYECTOS LIMITADA

RUT 76025516-5 CVE 1811839
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
4 de junio de 2008

Instrumento

Fecha
4 de junio de 2008
Repertorio
2057/2017
Notario
JAIME ANDRÉS BERNALES LARRAIN
Domicilio
Santiago

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP

Administración

Los comparecientes en este acto, modifican la cláusula cuarta del estatuto social donde consta la administración social ejercida a contar de esta fecha únicamente por CORINA DEL CARMEN SÁEZ ANTÚNEZ. En todo lo no modificado subsiste y mantiene su vigencia el estatuto social, contenido en escrituras de constitución y modificación que los socios ratifican en todas sus partes

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JAIME ANDRÉS BERNALES LARRAIN, Abogado, Notario Público Titular Santiago, con oficio en Avenida Vicuña Mackenna Oriente 7163, La Florida, certifica: Por escritura pública hoy ante mi, don DOMINGO ANTONIO CAMPOS INOSTROZA, C.I.Nº10.332.463-7; doña FRANCISCA JAVIERA ESTEFANÍA CAMPOS SÁEZ, C.I.Nº19.955.079-9; don CAMILO MARTÍN CAMPOS SÁEZ, C.I.N°19.514.256-4, todos domiciliados en Camino El Valle N°4.964 Las Pircas, comuna Peñalolén y ciudad Santiago doña DANIELA MARÍA IGNACIA OLIVARES SÁEZ, C.I.N° 17.252.293-9, domiciliada en Diagonal Santa Irene n°3007 departamento n°304 B, comuna de La Florida y ciudad de Santiago, por sí, y en representación de doña CORINA DEL CARMEN SÁEZ ANTÚNEZ, C.I.N°10.628.598-5, modificaron la sociedad denominada, “DC INGENIERÍA PROYECTOS LIMITADA”, con nombre de fantasía “PROYECTOS ELÉCTRICOS DC LTDA” rut n°76.025.516-5, constituida por escritura de fecha de 4 de junio de 2008, suscrita ante el Notario Público de Santiago don Iván Tamargo Barros, bajo el repertorio número 1890/2008 y cuyo extracto se inscribió a fojas 25.825 número 17.722 del Registro de comercio del año 2008 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, y publicado su extracto en el Diario Oficial número 39.094, de fecha 23 de junio de 2008.- La Sociedad fue modificada por escritura de fecha 7 de diciembre del año 2017, ante la Notario Público de Santiago Linda Scarlett Bosch Jimenez, repertorio 2.057/2017, cuyo extracto se inscribió a fojas 95.015 número 51.055 del año 2017 en el Registro de Comercio ya citado, y se publicó en el Diario Oficial el día 21 de diciembre del año 2017, edición 41.938. Modificaciones consiste en: 1) Cesión de derechos: A) Don DOMINGO ANTONIO CAMPOS INOSTROZA, titular del 20 % de los derechos sociales, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales a don CORINA DEL CARMEN SÁEZ ANTÚNEZ quien los compra, acepta y adquiere para sí en el precio de $400.000.- Declarando la cedente recibir a plena satisfacción el precio.- B) Doña DANIELA MARÍA IGNACIA OLIVARES SÁEZ, titular del 20 % de los derechos sociales, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales a don CAMILO MARTÍN CAMPOS SÁEZ y a doña FRANCISCA JAVIERA ESTEFANÍA CAMPOS SÁEZ quienes los compran, aceptan y adquieren para sí en razón de un 50% para cada uno, en el precio de $400.000.- Declarando la cedente recibir a plena satisfacción el precio. En consecuencia se retiran de la Sociedad don DOMINGO ANTONIO CAMPOS INOSTROZA, y doña DANIELA MARÍA IGNACIA OLIVARES SÁEZ; y quedan a contar de esta fecha como únicos y actuales socios de la sociedad DC INGENIERÍA PROYECTOS LIMITADA, son doña CORINA DEL CARMEN SÁEZ ANTÚNEZ titular del 40% de los derechos e interés social doña FRANCISCA JAVIERA ESTEFANÍA CAMPOS SÁEZ titular del 30% de los derechos e interés social y don CAMILO MARTÍN CAMPOS SÁEZ titular del 30% de los derechos e interés social, ratificando los socios que el capital social es de $2.000.000.- 2) Administración: Los comparecientes en este acto, modifican la cláusula cuarta del estatuto social donde consta la administración social ejercida a contar de esta fecha únicamente por CORINA DEL CARMEN SÁEZ ANTÚNEZ. En todo lo no modificado subsiste y mantiene su vigencia el estatuto social, contenido en escrituras de constitución y modificación que los socios ratifican en todas sus partes.- Demás cláusulas contenidas en la escritura extractada. Santiago, 26 de Agosto de 2020.