ZUVALL ELECTRIC LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de agosto de 2020
- Notario
- CECILIA GALVEZ PINO
- Domicilio
- Viña del Mar
Sociedad
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad es la comuna y ciudad de Cabildo
- Duración
- Indefinida
- Ley aplicable
- Ley 18.046
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Administración
La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña ROSA ESTER CASTILLO ALICERA, quien tendrá la calidad de Gerente General, actuando individualmente, anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCECILIA GALVEZ PINO, Abogada, Notario Público de Viña del Mar, con domicilio en Avda. Libertad 1155-A, certifica: Por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 28 de agosto de 2020 don GABRIEL HÉCTOR ZUÑIGA ALVAREZ, chileno, soltero, técnico eléctrico, rut 12.820.120-3, domiciliado en Condominio Bellavista, Block 4, departamento 11, ciudad y comuna de La Calera; don JOSÉ SANTOS BARRAZA REYES, chileno, casado y separado totalmente de bienes, técnico electrónico, rut 10.444.947-6, domiciliado en Calle Tres oriente número 1331, departamento 1705, ciudad y comuna de Viña del Mar y doña ROSA ESTER CASTILLO ALICERA, chilena, casada y separada totalmente de bienes, ingeniero en sistemas computacionales, rut 11.359.059-9, domiciliada en Calle Tres Oriente número 1331, departamento 1705, ciudad y comuna de Viña del Mar, declaran: a) Por el presente instrumento don GABRIEL HÉCTOR ZUÑIGA ALVAREZ, viene en vender, ceder y transferir la totalidad de sus derechos sociales en la sociedad SOCIEDAD ZUVALL ELECTRIC LIMITADA” o “ZUVALL ELECTRIC LTDA” Rut 76.130.075-K, que corresponden al cuarenta por ciento del capital social, a doña ROSA ESTER CASTILLO ALICERA, quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión y venta es la suma total de $2.000.000.- encontrándose íntegramente pagado a esta fecha, el cedente declara haber recibido el pago a su entera satisfacción, quedando como socios de la sociedad SOCIEDAD ZUVALL ELECTRIC LIMITADA” o “ZUVALL ELECTRIC LTDA” Rut 76.130.075-K, don JOSÉ SANTOS BARRAZA REYES, con el cuarenta por ciento de los derechos sociales y doña ROSA ESTER CASTILLO ALICERA, con el sesenta por ciento de los derechos sociales. b) Por lo anterior don JOSÉ SANTOS BARRAZA REYES y doña ROSA ESTER CASTILLO ALICERA, en su calidad de socios de la SOCIEDAD ZUVALL ELECTRIC LIMITADA” o “ZUVALL ELECTRIC LTDA” resuelven transformar la sociedad de responsabilidad limitada en una sociedad por acciones o SpA, cuyos estatutos se establecen a continuación, y en lo no previsto en ellos se regulará las normas del párrafo octavo, Título Séptimo, Libro Segundo del Código de Comercio, de la Ley 18.046, y por el Código Civil en lo que resultaren aplicables. ESTATUTOS: NOMBRE: "ZUVALL ELECTRIC SpA”. OBJETO: La Sociedad tendrá por objeto: a) la prestación de todo tipo de servicios eléctricos y electrónicos en general; b) la asesoría, representación, capacitación, instalación, comercialización, mantención, configuración, habilitación y puesta en marcha de todo tipo de redes y sistemas, sean de telecomunicaciones, electrónicos y/o eléctricos de lata, media y y/o baja tensión, por cuenta propia o de terceros; c) la compra y venta, la importación, la exportación y el arrendamiento de productos, equipos, maquinarias y motores de cualquier tipo; d) la reparación en general de todo tipo de equipos, sistemas, herramientas, motores y maquinarias, sea por cuenta propia o de terceros; e) trabajos mecánicos y de infraestructura en general sea por cuenta propia o de terceros; f) la comercialización de todo tipo de bienes; g) la construcción, edificación, montaje y compraventa de todo tipo de obras de ingeniería y construcción; h) la fabricación y venta de equipos, piezas, armado de computadores, de hardware, la mantención y su servicio técnico; g) la prestación de servicios; i) la compra y venta de todo tipo de productos para la industria y la construcción, especialmente pinturas, gasfitería, albañilería, carpintería y estructuras metálicas; j) la fabricación de insumos, partes, piezas para la construcción e industriales; k) la inversión en todo tipo de bienes sean estos corporales o incorporales, raíces o muebles, sea directamente o a través de otras sociedades; y l) En general, podrá explotar todos los negocios y asesorías que los accionistas acuerden, entendiéndose plenamente facultados para ello y dentro del objeto social.- DOMICILIO: El domicilio de la Sociedad es la comuna y ciudad de Cabildo, sin perjuicio de las agencias y sucursales que pueda establecer en otras ciudades del país o en el extranjero. DURACIÓN: indefinida. CAPITAL: El capital social asciende a cinco millones de pesos, dividido en doscientas cincuenta acciones nominativas de igual valor, todas de una misma serie y sin valor nominal que don JOSÉ SANTOS BARRAZA REYES y doña ROSA ESTER CASTILLO ALICERA suscriben en su totalidad. ADMINISTRACIÓN: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña ROSA ESTER CASTILLO ALICERA, quien tendrá la calidad de Gerente General, actuando individualmente, anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades. Demás estipulaciones en escritura extractada. Viña del Mar, 01 de Septiembre de 2020.