TRANSPORTES ANGACHILLA Y COMPAÑIA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 31 de agosto de 2020
- Repertorio
- 3997-2020
- Notario
- HÉCTOR EFRAÍN BASUALTO BUSTAMANTE
- Domicilio
- con oficio en la comuna de Temuco
Sociedad
- Domicilio
- La sociedad tendrá domicilio la Comuna de Valdivia
- Duración
- La sociedad empezará a regir a partir de la fecha de subscripción de la presente escritura pública y tendrá una duración de cinco años renovables, tácita y sucesivamente, por períodos iguales, si ninguno de los socios manifiesta la voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, y, enviando al efecto, una carta certificada, autorizada ante notario, dirigida al domicilio del socio señalado en la comparecencia. Y, todo con una antelación de a lo menos, seis meses a la expiración del plazo respectivo
Objeto social
Serán los negocios jurídicos relativos a la prestación de servicios de transportes de carga, transporte de pasajeros, arriendo de maquinarias, y de toda otra actividad relacionada o no con el giro anterior que los socios acuerden, pudiendo comprar y vender bienes raíces y bienes muebles de todo tipo, incluso vehículos motorizados de todo tipo y maquinarias industriales tomarlos en arriendo, y,o, en comodato. Al efecto, y según el caso, podrán gravarlos con prendas y, o, hipotecarlos: pudiendo dedicarse a la actividad inmobiliaria en general tanto dentro como fuera del país. Con relación a las inversiones, podrá invertir en toda clase de capitales, de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos de todo tipo de sociedades, sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Podrán adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces urbanos y rústicos; construir en ellos, por cuenta propia o ajena; subdividir y, o, lotear bienes raíces rurales o urbanos; explotarlos directamente o, a través de terceros de cualquier forma; administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte de otras sociedades, nacionales o extranjeras, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución consignación, representación o intermediación en cualquier clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; dar en arrendamiento toda clase de vehículos de tracción mecánica o animal, tales como camiones, buses, minibuses, camionetas, tractores, trilladoras, maquinaria pesada, máquinas industriales, con o sin chofer; movimiento de tierras; el transporte de carga y pasajeros, nacional e internacional, y en general de toda clase de bienes muebles, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros; la representación de empresas extranjeras o nacionales de transporte o embalaje; la compraventa de móviles nuevos o usados, repuestos, motores, accesorios y demás; todo lo relacionado, de cualquiera forma en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras en su caso; y en general realizar toda clase de actos jurídicos, contratos o negocios relacionados directa o indirectamente con todos los anteriores, inclusive otorgar garantías
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalYo, HÉCTOR EFRAÍN BASUALTO BUSTAMANTE, Notario Público, con oficio en la comuna de Temuco, calle Antonio Varas n° 854, certifico: doña ANDREA CAROLINA VERONCIA LOPEZ ROJAS, Ingeniero Forestal, cédula de identidad N° 8.952.969-7, casada y separada totalmente de bienes, domiciliada en Valdivia, calle Angachilla N° 5860, Sector Angachilla, y don GUILLERMO IGNACIO LATORRE LOPEZ, soltero, empresario, cédula de identidad N° 19.350.328-4, domiciliado en Valdivia, calle Angachilla N° 5860, Sector Angachilla, quienes por escritura pública de fecha 31 de Agosto 2020, Repertorio N° 3997-2020, ante mí, constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada, Razón Social, “TRANSPORTES ANGACHILLA Y COMPAÑIA LIMITADA” y su nombre de fantasía “TRANSPORTES ANGACHILLA LTDA.”. Representación: La administración, representación y uso de la razón social, corresponderá a doña ANDREA CAROLINA VERONICA LOPEZ ROJAS, sin perjuicio de las limitaciones establecidas en el acto constitutivo. Capital social: El capital social es de cincuenta millones de pesos; enterados a caja social a la subscripción del Pacto Social dos millones quinientos mil pesos: La socia doña Andrea Carolina Verónica López Rojas aporta en este acto y en dinero efectivo dos millones de pesos. El resto de treinta y ocho millones de pesos, a medida que la caja social lo necesite, y, en un plazo máximo de tres años a partir firma del Pacto Social, aporte éste que equivale al 80% del capital social. El socio Guillermo Ignacio Latorre López, aporta en este acto a la caja social en dinero efectivo quinientos mil pesos; el resto, esto es, la suma de nueve millones quinientos mil pesos a medida que la caja social lo requiera con plazo máximo de tres años a partir firma Pacto Social, aporte éste que equivale al 20%. La responsabilidad de los socios se limita al monto de sus respectivos aportes, procediendo a repartirse por partes iguales las utilidades y pérdidas. Objeto: Serán los negocios jurídicos relativos a la prestación de servicios de transportes de carga, transporte de pasajeros, arriendo de maquinarias, y de toda otra actividad relacionada o no con el giro anterior que los socios acuerden, pudiendo comprar y vender bienes raíces y bienes muebles de todo tipo, incluso vehículos motorizados de todo tipo y maquinarias industriales tomarlos en arriendo, y,o, en comodato. Al efecto, y según el caso, podrán gravarlos con prendas y, o, hipotecarlos: pudiendo dedicarse a la actividad inmobiliaria en general tanto dentro como fuera del país. Con relación a las inversiones, podrá invertir en toda clase de capitales, de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos de todo tipo de sociedades, sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Podrán adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces urbanos y rústicos; construir en ellos, por cuenta propia o ajena; subdividir y, o, lotear bienes raíces rurales o urbanos; explotarlos directamente o, a través de terceros de cualquier forma; administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte de otras sociedades, nacionales o extranjeras, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución consignación, representación o intermediación en cualquier clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; dar en arrendamiento toda clase de vehículos de tracción mecánica o animal, tales como camiones, buses, minibuses, camionetas, tractores, trilladoras, maquinaria pesada, máquinas industriales, con o sin chofer; movimiento de tierras; el transporte de carga y pasajeros, nacional e internacional, y en general de toda clase de bienes muebles, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros; la representación de empresas extranjeras o nacionales de transporte o embalaje; la compraventa de móviles nuevos o usados, repuestos, motores, accesorios y demás; todo lo relacionado, de cualquiera forma en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras en su caso; y en general realizar toda clase de actos jurídicos, contratos o negocios relacionados directa o indirectamente con todos los anteriores, inclusive otorgar garantías. Duración: La sociedad empezará a regir a partir de la fecha de subscripción de la presente escritura pública y tendrá una duración de cinco años renovables, tácita y sucesivamente, por períodos iguales, si ninguno de los socios manifiesta la voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, y, enviando al efecto, una carta certificada, autorizada ante notario, dirigida al domicilio del socio señalado en la comparecencia. Y, todo con una antelación de a lo menos, seis meses a la expiración del plazo respectivo. Domicilio: La sociedad tendrá domicilio la Comuna de Valdivia, sin perjuicio de las sucursales o agencias que pudieran establecerse en el resto del país, prorrogando al efecto, competencia para ante sus tribunales de justicia.-. Demás estipulaciones constan en escritura social extractada.- Temuco, 31 de Agosto de 2020.