HUEMUL INVERSIONES SpA
Instrumento
- Fecha
- 1 de septiembre de 2020
- Repertorio
- 6970-2020
- Notario
- GUSTAVO MONTERO MARTI
- Oficio
- 48° Notaría de Santiago don ROBERTO ANTONIO CIFUENTES ALLEL
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto la inversión en toda clase de bienes, corporales e incorporales, raíces o muebles, con miras a la percepción de sus frutos civiles o naturales, pudiendo para el cumplimiento de su objeto principal participar en otras personas jurídicas con las más amplias facultades, y en general, la realización de toda otra actividad relacionada con las señaladas anteriormente
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGUSTAVO MONTERO MARTI, Abogado, Notario Público Suplente de la 48° Notaría de Santiago don ROBERTO ANTONIO CIFUENTES ALLEL, con domicilio en esta ciudad, Avenida Apoquindo número 3.076, oficina seiscientos uno, comuna de Las Condes, certifico: Que por escritura pública de fecha 1 de septiembre de 2020, bajo el Repertorio 6.970-2020, ante mí, DENEF INVESTMENTS S.L., en su calidad de único accionista de la sociedad HUEMUL INVERSIONES SpA (la “Sociedad”), la que se encuentra inscrita a fojas 48.244 número 26.419 del Registro de Comercio correspondiente al Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2016, suscribió un acuerdo de accionista sin forma de junta en el que resolvió, entre otras cosas, lo siguiente: i) Aumentar el capital de la Sociedad desde la suma actual de USD 31.512,01 (treinta y un mil quinientos doce dólares de los Estados Unidos de América con un centavo), a la suma total de USD 80.000.000 (ochenta millones de dólares de los Estados Unidos de América), esto es, en la cantidad de USD 79.968.487,99 (setenta y nueve millones novecientos sesenta y ocho mil cuatrocientos ochenta y siete dólares de los Estados Unidos de América con noventa y nueve centavos), sin que medie la emisión de nuevas acciones, de modo tal que el capital se mantendrá dividido en mil acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal y de una misma serie; ii) Modificar la forma en virtud de la cual la Sociedad será administrada, pasando de una administración ejercida por administradores, a una administración que será ejercida por un directorio. De esta manera, se resolvió revocar los actuales administradores de la Sociedad reemplazándolos por un directorio; iii) Como consecuencia de las modificaciones, se sustituyeron los artículos 5°, 7°, 8°, 9°, 11°, 13°, 16° y 23° permanentes y los artículos 1° transitorio y 2° transitorio; y se incluyeron los nuevos artículos octavo bis, octavo ter, octavo quáter, octavo quinquies, octavo sexies, octavo septies, octavo octies, octavo nonies, octavo decies, octavo undecies, octavo duodecies, octavo terdecies, todos permanentes, en materias que de acuerdo al artículo 426 del Código de Comercio, no son materia de extracto; iv) Otorgar texto refundido de los estatutos, cuyo extracto es del siguiente tenor: “NOMBRE DE LA SOCIEDAD: Huemul Inversiones SpA. OBJETO: La Sociedad tendrá por objeto la inversión en toda clase de bienes, corporales e incorporales, raíces o muebles, con miras a la percepción de sus frutos civiles o naturales, pudiendo para el cumplimiento de su objeto principal participar en otras personas jurídicas con las más amplias facultades, y en general, la realización de toda otra actividad relacionada con las señaladas anteriormente. CAPITAL: USD 80.000.000 (ochenta millones de dólares de los Estados Unidos de América), dividido en 1.000 acciones nominativas, ordinarias, sin valor nominal y de una misma serie, íntegramente suscrito por el actual y único accionista de la Sociedad y que se paga por DENEF INVESTMENTS S.L. de la siguiente forma: /a/ Con la cantidad de USD 31.512,01 (treinta y un mil quinientos doce Dólares de los Estados Unidos de América con un centavo), pagado con anterioridad a esta fecha; y /b/ Con la cantidad de USD 79.968.487,99 (setenta y nueve millones novecientos sesenta y ocho mil cuatrocientos ochenta y siete dólares de los Estados Unidos de América con noventa y nueve centavos), que serán pagados dentro del plazo de tres años contado desde la fecha del aumento de capital acordado con fecha 1 de septiembre de 2020”. Demás estipulaciones no son materia de extracto y constan en escritura extractada. Santiago, 1 de septiembre de 2020. Gustavo Montero Marti. Notario Público Suplente.