MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CONTENIDO Y PRODUCCIÓN LA INDUSTRIA LIMITADA

RUT 76570366-2 CVE 1810992
Capital
$273.250 CLP
Fecha instrumento
27 de agosto de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
27 de agosto de 2020
Notario
ALVARO GONZALEZ SALINAS
Oficio
42 Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$273.250 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALVARO GONZALEZ SALINAS, Notario Público Titular 42 Notaría Santiago, Agustinas 1070, segundo piso, certifico que: Por escritura pública de fecha 27 de Agosto de 2020, ante mí, PRODUCCIONES AUDIOVISUALES Y EVENTOS EDUARDO CABEZAS CASAS-CORDERO E.I.R.L., pasaje El Aromo número 7506, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; OSVALDO IGNACIO GARCIA GOYCOOLEA, calle Candelaria Goyenechea número 4869, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; GALLO NEGRO SpA, calle La Pastora número 138 C; y EDUARDO CABEZAS CASAS-CORDERO, pasaje El Aromo número 7506, comuna de Vitacura, Región Metropolitanaa, modifican sociedad "CONTENIDO Y PRODUCCIÓN LA INDUSTRIA LIMITADA", rol único tributario número 76.570.366-2, constituida por escritura pública de fecha 6 de Mayo 2016, otorgada ante don Juan Ignacio Carmona Zúñiga, Notario Público Interino de la trigésima sexta Notaria de Santiago, cuyo extracto fue inscrito a fojas 33.284, número 18.406 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2016. Modificaciones: 1) Se retira de la sociedad Osvaldo Ignacio García Goycoolea por cesión de todos sus derechos, ascendentes a un 25% del capital social, a Eduardo Cabezas Casas-Cordero en el precio de $273.250.-. 2) Se retira de la sociedad Gallo Negro SpA por cesión de todos sus derechos, ascendentes a un 25% del capital social, a Eduardo Cabezas Casas-Cordero en el precio de $273.250.-. 3) En la Cláusula Cuarta del Pacto Social: Se modifica la administración de la sociedad, en el sentido que la representación de la sociedad, su administración y el uso de la razón social corresponderá a Eduardo Cabezas Casas-Cordero. 4) Sustituyen la Cláusula Sexta del Pacto Social relativa al capital social por la siguiente: "Sexto: El capital de la sociedad es la cantidad de un millón de pesos, totalmente pagado por los socios, a entera satisfacción de los demás socios y de la Sociedad y que corresponde a Producciones Audiovisuales y Eventos Eduardo Cabezas Casas-Cordero E.I.R.L. la cantidad de quinientos mil pesos, equivalente al cincuenta por ciento del capital social; y a Eduardo Cabezas Casas-Cordero la cantidad de quinientos mil pesos, equivalente al cincuenta por ciento del capital social.”. Los socios reiteran que limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes.- En lo no modificado por esta escritura se mantiene vigente el pacto social. Santiago, 02 de Septiembre 2020.