CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGRICOLA DON RUPERTO LIMITADA

CVE 1810741
Capital
$350.000.000 CLP
Fecha instrumento
18 de agosto de 2020
Notaría
Santa Cruz don Jorge Carvallo Velasco
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
18 de agosto de 2020
Notario
Angélica Andrea Castro Gutiérrez
Domicilio
Conservador de Comercio y Minas
Comuna
Santa Cruz don Jorge Carvallo Velasco

Sociedad

Capital
$350.000.000 CLP
Domicilio
Santa Cruz
Duración
20 años a contar esta fecha, renovable por quinquenios

Objeto social

La explotación agrícola en todas sus formas, por cuenta propia o ajena, de predios propios o de los que posea a cualquier título; desarrollar toda clase de actividades agrícolas, viveros, frutícolas, hortofrutícolas, agropecuarias y agroindustriales; la prestación de servicios agrícolas y forestales en general; desarrollar actividades de contratista agrícola en todas sus formas; compraventa y arriendo de maquinaria agrícola, asesoría y ejecución de servicios agrícolas o agroindustriales; la realización de toda clase de negocios relacionados con el agro, producción agropecuaria, sea por cuenta propia o ajena; comercialización, consignación, elaboración, internación, importación, exportación y distribución de frutos del país y sus derivados; la compra, venta, corretaje y comisionista de frutos y subproductos en todas sus variedades; compra, venta y exportación de productos, sea por cuenta propia o ajena; y en general cualquier otra actividad que los socios acuerden y que estén directa o indirectamente relacionada con el giro principal. Administración, representación y uso razón social corresponderá indistinta y separadamente Blanca Alejandra Vargas Morales y Ruperto Patricio Ortiz Palominos, con amplias facultades

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Angélica Andrea Castro Gutiérrez, Notario Público, Conservador de Comercio y Minas, Suplente del Titular de la Segunda Notaria de Santa Cruz don Jorge Carvallo Velasco, según consta de Decreto Económico otorgado por el Primer Juzgado de Letras de Santa Cruz, de fecha uno de junio del presente año, y protocolizado bajo el número cuatrocientos ochenta y cuatro al final del presente Registro de Instrumentos Públicos, con oficio en calle Claudio Cancino número sesenta, Pasaje Marcel, certifica: Por escritura pública hoy, ante mí, Ruperto Alejandro Ortiz Vargas, Patricio Vicente Ortiz Vargas, Blanca Alejandra Vargas Morales y Ruperto Patricio Ortiz Palominos, todos Gonzalo Bulnes Número 275, comuna Santa Cruz, constituyeron sociedad comercial responsabilidad limitada monto respectivos aportes. Razón social: "AGRICOLA DON RUPERTO LIMITADA", nombre de fantasía "AGRICOLA DON RUPA LTDA." Objeto: La explotación agrícola en todas sus formas, por cuenta propia o ajena, de predios propios o de los que posea a cualquier título; desarrollar toda clase de actividades agrícolas, viveros, frutícolas, hortofrutícolas, agropecuarias y agroindustriales; la prestación de servicios agrícolas y forestales en general; desarrollar actividades de contratista agrícola en todas sus formas; compraventa y arriendo de maquinaria agrícola, asesoría y ejecución de servicios agrícolas o agroindustriales; la realización de toda clase de negocios relacionados con el agro, producción agropecuaria, sea por cuenta propia o ajena; comercialización, consignación, elaboración, internación, importación, exportación y distribución de frutos del país y sus derivados; la compra, venta, corretaje y comisionista de frutos y subproductos en todas sus variedades; compra, venta y exportación de productos, sea por cuenta propia o ajena; y en general cualquier otra actividad que los socios acuerden y que estén directa o indirectamente relacionada con el giro principal. Administración, representación y uso razón social corresponderá indistinta y separadamente Blanca Alejandra Vargas Morales y Ruperto Patricio Ortiz Palominos, con amplias facultades. Capital: $350.000.000, que socios aportan y enteran siguiente forma: a) Ruperto Patricio Ortiz Palominos, $234.500.000, equivalente 67% haber social, éste acto mediante aporte bienes, señalados pacto social; b) Ruperto Alejandro Ortiz Vargas, $22.750.000, equivalente 6,5% haber social, éste acto $10.000.000, dinero efectivo y contado, saldo $12.750.000, en plazo 3 años a contar esta fecha y medida necesidades sociales requieran. c) Patricio Vicente Ortiz Vargas, $22.750.000, equivalente 6,5% haber social, éste acto $10.000.000, dinero efectivo y contado, saldo $12.750.000, en plazo 3 años a contar esta fecha y medida necesidades sociales requieran; y d) Blanca Alejandra Vargas Morales, $70.000.000, equivalente 20% haber social, éste acto $30.000.000, dinero efectivo y contado, y saldo $40.000.000, en plazo 3 años a contar esta fecha y medida necesidades sociales requieran. Domicilio: Santa Cruz, sin perjuicio establecimientos o sucursales otros lugares y ciudades país. Duración: 20 años a contar esta fecha, renovable por quinquenios. Demás estipulaciones escritura extractada. Santa Cruz, 18 Agosto 2020.