MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

FERNANDEZ Y RAMIREZ LIMITADA

RUT 76419963-4 CVE 1810395
Fecha instrumento
21 de agosto de 2020

Instrumento

Fecha
21 de agosto de 2020
Notario
Raúl Undurraga Laso
Oficio
Notaría 29 de Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Raúl Undurraga Laso, Notario Público Titular Notaría 29 de Santiago, Mac Iver 225, oficina 302, Santiago, certifica: Por escritura pública, de 21 de agosto de 2020, ante mí, Don RAFAEL IGNACIO FERNANDEZ GOMEZ, chileno, empresario, casado, cédula nacional de identidad número trece millones cuatrocientos ochenta y tres mil veintinueve guion ocho; Don CRISTOBAL MATEO RAMIREZ DUPUY, chileno, diseñador, casado, cédula nacional de identidad número dieciséis millones trescientos ochenta y uno novecientos cuarenta y dos guion dos; y doña VIVIANA GAMARRA PINEDA, colombiana, publicista, casada, cédula nacional de identidad número veintitres millones ciento dieciocho mil novecientos cincuenta y dos guion uno, todos con domicilio en Avenida Chesterton número 8.068, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; todos mayores de edad; realizaron una cesión de derechos y modificación de la sociedad “FERNANDEZ Y RAMIREZ LIMITADA”, con las siguientes modificaciones:1) En este acto, don CRISTOBAL MATEO RAMIREZ DUPUY con expreso conocimiento de todos los otros socios, vende, cede y transfiere a doña VIVIANA GAMARRA PINEDA, el uno por ciento de los derechos sociales que tiene en “FERNANDEZ Y RAMIREZ LIMITADA”. El precio de la cesión es la suma de cien mil de pesos, que se pagan en este acto mediante transferencia electrónica, a entera satisfacción del cedente y, a don RAFAEL IGNACIO FERNANDEZ GOMEZ, el veinticuatro por ciento de los derechos sociales que tiene en “FERNANDEZ Y RAMIREZ LIMITADA”. El precio de la cesión es la suma de ocho millones docientos ocho mil quinientos treinta y dos pesos, que se pagan en este acto mediante transferencia electrónica, a entera satisfacción del cedente . 2) Como consecuencia de la cesión de derechos, han quedado como únicos socios de la sociedad “FERNANDEZ Y RAMIREZ LIMITADA”, las siguientes personas con las participaciones sociales que se indican a continuación: a) Doña VIVIANA GAMARRA PINEDA, con un uno por ciento de los derechos sociales y; b) Don RAFAEL IGNACIO FERNANDEZ GOMEZ, con un noventa y nueve por ciento de los derechos sociales. 3) En todo lo no expresamente modificado, sigue rigiendo inalterado el pacto social que consta de escritura pública de fecha treinta y uno de agosto de dos mil cinco, otorgada ante Notario público de Santiago, don CLAUDIO HERNAN MESINA SCHULZ. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 25 de agosto de 2.020.