MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD TRIGO Y SALAS LIMITADA

RUT 76186534-K CVE 1809753
Capital
$120.000.000 CLP
Fecha instrumento
27 de agosto de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
27 de agosto de 2020
Notario
ALVARO GONZALEZ SALINAS
Oficio
42ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$120.000.000 CLP
Ley aplicable
ley N° 20.494

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALVARO GONZALEZ SALINAS, Notario Público Titular 42ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas 1070, 2º piso, certifico: por escritura otorgada ante mi con fecha 27 de Agosto de 2020, DAVID RUBÉN SALAS VERA, chileno, divorciado, ingeniero industrial, Camino del Roble N° 1.165, casa 22, Condominio Los Lingues, comuna de Huechuraba, C.I. N° 13.147.438-5 y PABLO CÉSAR TRIGO ORTIZ, chileno, casado, separado totalmente de bienes, ingeniero civil eléctrico, calle Santa Aurora, N° 2.452, comuna de La Florida, C.I. N° 12.567.675-8, modifican sociedad de responsabilidad limitada denominada “SOCIEDAD TRIGO Y SALAS LIMITADA”, Rut N° 76.186.534-K, constituida por escritura pública de fecha 5 de diciembre de 2011, Repertorio de Instrumentos Públicos N° 5.531 del año 2011, otorgada ante el Notario Público de Antofagasta, don julio Alejandro Abásolo Aravena. Un extracto de la referida escritura se inscribió en el Registro de Comercio de la ciudad de Antofagasta a fojas 3.177, N° 2.219, correspondiente al año 2011 y se publicó en el Diario Oficial de fecha 9 de diciembre del año 2011. A través de escritura pública de fecha 15 de febrero del año 2019, Repertorio de Instrumentos Públicos N° 9.389 del año 2019, otorgada ante don Álvaro González Salinas, Notario Público Titular de la 42° Notaría de Santiago, se repactan los estatutos de la sociedad de responsabilidad limitada denominada “SOCIEDAD TRIGO Y SALAS LIMITADA”, otorgando un texto nuevo, único y refundido de sus estatutos, que contiene todas las modificaciones y pactos que han convenido los socios, el cual es continuador y reemplaza en todas sus partes lo pactado en los estatutos sociales con anterioridad al referido repacto. Un extracto de la referida escritura se inscribió en el Registro de Comercio de la ciudad de Lebu a fojas 14, número 8, correspondiente al año 2019 y se publicó en el Diario Oficial de fecha 29 de marzo del año 2019.- Modifican la sociedad en el sentido siguiente: Se modifica la cláusula tercera de los estatutos repactados, ya individualizados en la cláusula primera número dos de esta modificación y relativa al objeto de la sociedad, agregándose al mismo las siguientes actividades: a) La Importación, compra, venta y arrendamiento de vehículos de transporte y; b) La importación, compra, venta y arrendamiento de maquinaria de la construcción. El capital social es la suma de $120.000.000.- Para los efectos de lo establecido en la ley N° 20.494, los socios declaran que el capital social asciende a la suma de $120.000.000.- En todo lo que no se hubiere modificado por este instrumento, seguirá vigente lo estipulado en la escritura pública de repacto, individualizada en la cláusula primera número dos de esta modificación.- Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 31 de Agosto de 2020.