CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD PANIFICADORA LOS ROBLES LIMITADA

RUT 12269575-1 CVE 1809823
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
31 de agosto de 2020
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
31 de agosto de 2020
Notario
JAIME ANDRES BERNALES LARRAIN
Domicilio
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
5 años a partir fecha escritura, prorrogables automáticamente períodos iguales salvo voluntad en contra cualquier socio mediante escritura pública anotada margen inscripción Registro Comercio, anticipación mínima seis meses

Objeto social

La fabricación, procesamiento y comercialización, en sus formas más amplias de todos los productos derivados de la harina trigo, similar o provenientes de una amasandería. En general, la sociedad podrá realizar cualquier actividad relacionada, conexa, análoga o complementaria del objeto principal que los socios determinen de común acuerdo. Administración Y Uso

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JAIME ANDRES BERNALES LARRAIN, Abogado, Notario Público Titular Santiago, con oficio en Avenida Vicuña Mackenna Oriente 7163, La Florida, certifica: por escritura de hoy, ante mí: RODRIGO ANTONIO FOLATRE MARTÍNEZ, chileno, casado con separación de bienes, comerciante, C.I 12.269.575-1 y SANDRA DEL CARMEN QUIROGA CATALÁN, chilena, casada con separación de bienes, empresaria, C.I 12.065.754-2, ambos domiciliados en German Ebbinghaus dos mil ochocientas setenta y uno, comuna de Puente Alto, constituyeron sociedad responsabilidad limitada. Razón Social: “SOCIEDAD PANIFICADORA LOS ROBLES LIMITADA”, pudiendo emplear abreviatura “LTDA." Objeto: La fabricación, procesamiento y comercialización, en sus formas más amplias de todos los productos derivados de la harina trigo, similar o provenientes de una amasandería. En general, la sociedad podrá realizar cualquier actividad relacionada, conexa, análoga o complementaria del objeto principal que los socios determinen de común acuerdo. Administración Y Uso Razón Social: Corresponderá única y exclusivamente a RODRIGO ANTONIO FOLATRE MARTÍNEZ, facultades y limitaciones en escritura extractada. Capital: $1.000.000, aportado: A) RODRIGO ANTONIO FOLATRE MARTÍNEZ aporta dominio $500.000, contado, dinero efectivo, ingresan arcas sociales. B) SANDRA DEL CARMEN QUIROGA CATALÁN aporta dominio $500.000, contado, dinero efectivo, ingresan arcas sociales. FALLECIMIENTO socio, sociedad continúa; administración queda radicada exclusivamente socio sobreviviente. Responsabilidad: socios limitada monto aportes. DOMICILIO: Santiago. DURACIÓN: 5 años a partir fecha escritura, prorrogables automáticamente períodos iguales salvo voluntad en contra cualquier socio mediante escritura pública anotada margen inscripción Registro Comercio, anticipación mínima seis meses. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 31 de Agosto de 2020.