SOCIEDAD INMOBILIARIA Y DE INVERSIONES COUNTRY VILLARRICA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 19 de agosto de 2020
- Notario
- Francisco Javier Muñoz Flores
- Domicilio
- y Conservador de Minas Titular de la comuna de Villarrica
Sociedad
- N. fantasía
- “COUNTRY VILLARRICA 3 LTDA.”
- Capital
- $660.000.000 CLP
- Domicilio
- Será el ubicado en kilómetro 14, camino Loncoche-Villarrica Lote E de la ciudad de Loncoche
- Duración
- 14 AÑOS contado desde la fecha de presente escritura.- Al vencimiento del plazo se entenderá prorrogada por periodos iguales y sucesivos de 5 años, si es que ninguno de los socios manifiesta su intención de no perseverar en el contrato por un nuevo período, mediante escritura pública que deberá subinscribirse al margen de la inscripción social con una anticipación de 6 meses a la fecha en que sociedad deba expirar.- Responsabilidad:
- Ley aplicable
- ley 3918
Objeto social
Será: a) la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria; b) la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho; y cualquier otro negocio que acordaren los
Administración
Corresponderá al socio COUNTRY VILLARRICA SpA, quien actuando por la sociedad y anteponiendo a su firma la razón social, la representará con las más amplias facultades en todos los actos relativos a su objeto y giro ordinario. Se excluye de lo anterior el dar en hipoteca los inmuebles, incluyéndose posponerlas, alzarlas, cancelarlas, incluso con cláusulas de garantía general, cuando la hipoteca o préstamo supere los veinticinco millones de pesos, caso en el cual se requerirá la unanimidad de los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFrancisco Javier Muñoz Flores, Abogado, Notario Público y Conservador de Minas Titular de la comuna de Villarrica, con oficio en calle Pedro Montt número trescientos cinco, certifica: por escritura pública, hoy ante mí, “SOCIEDAD AGRÍCOLA Y GANADERA MUQUÉN LIMITADA”, entidad del giro agrícola, R.U.T Nº 89.281.300-0, representada por Anita del Carmen Sutherland Dossow, C.N.I Nº3.252.868-6, ambos domiciliados en Fundo Muquén, kilómetro 14, camino Loncoche-Villarrica, Loncoche y “COUNTRY VILLARRICA SpA”, entidad del giro inmobiliario, R.U.T. Nº76.726.796-7, representada por Alejandro Sznur, C.I.E Nº25.634.284-7, ambos domiciliados en camino Villarrica-Freire, Parcela 52 Vida Nueva, Villarrica; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada conforme a ley 3918 y sus modificaciones posteriores, teniendo además presente disposiciones de Códigos Civiles y de Comercio que versan sobre la materia en todo lo no previsto en presente contrato.- Razón Social: “SOCIEDAD INMOBILIARIA Y DE INVERSIONES COUNTRY VILLARRICA LIMITADA”. Nombre de fantasía: “COUNTRY VILLARRICA 3 LTDA.” Capital Social: $660.000.000.- que socios aportan de siguiente manera: A) Socio SOCIEDAD AGRÍCOLA Y GANADERA MUQUÉN LIMITADA aporta, en dominio pleno, en la suma de $330.000.000.- tasada así de común acuerdo con el socio, el inmueble denominado LOTE E, de una superficie de 335.486 metros cuadrados.- El inmueble singularizado es resultante de subdivisión de predio de mayor extensión denominado Lote A, de una superficie de 445,6 hectáreas, ubicado en la Comuna de Loncoche, Provincia de Cautín, Novena Región de la Araucanía. El Certificado del Servicio Agrícola y Ganadero, la Memoria Explicativa, Plano de Subdivisión, se encuentran conforme con el documento agregado bajo el número cien al final del Registro de Agregado Propiedad del año dos mil diecinueve del Conservador de Bienes Raíces de Loncoche. Adquirió el dominio por aporte societario de don René Fuentes Vega a “SOCIEDAD AGRÍCOLA Y GANADERA MUQUÉN LIMITADA” por escritura otorgada en Concepción ante el Notario Público don Humberto Faundes Rivera con fecha primero de diciembre del año mil novecientos ochenta y dos. El título de dominio rola inscrito a fojas 305 vuelta, bajo el número 391 del Registro de Propiedad del año 1982, del Conservador de Bienes Raíces de Loncoche; B) Socio COUNTRY VILLARRICA SpA la suma de $330.000.000.- consistente en aporte de su gestión permanente que se obliga a prestar en favor de la sociedad mientras esta esté vigente, el cual se valora por las partes en dicha cantidad y que consistirá específicamente en los trabajos de Urbanización a realizar por su parte y a su costa en el lote individualizado en la letra A) de la presente cláusula, los cuales se detallan en etapas y valoraciones de la escritura extractada. Se conviene por las partes que aporte no podrá ser retirado en dinero, en forma alguna, durante la vigencia de la sociedad y sólo podrá ser entregado al tiempo de las devoluciones de los aportes, lo que será respecto a este socio, sin reajustes ni intereses. Objeto: Será: a) la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria; b) la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho; y cualquier otro negocio que acordaren los socios.- Administración de la sociedad y el uso de la razón social: Corresponderá al socio COUNTRY VILLARRICA SpA, quien actuando por la sociedad y anteponiendo a su firma la razón social, la representará con las más amplias facultades en todos los actos relativos a su objeto y giro ordinario. Se excluye de lo anterior el dar en hipoteca los inmuebles, incluyéndose posponerlas, alzarlas, cancelarlas, incluso con cláusulas de garantía general, cuando la hipoteca o préstamo supere los veinticinco millones de pesos, caso en el cual se requerirá la unanimidad de los socios.- Domicilio: Será el ubicado en kilómetro 14, camino Loncoche-Villarrica Lote E de la ciudad de Loncoche, sin perjuicio de las sucursales o agencias que pudieren establecerse en el resto del país o en el extranjero.- Duración: 14 AÑOS contado desde la fecha de presente escritura.- Al vencimiento del plazo se entenderá prorrogada por periodos iguales y sucesivos de 5 años, si es que ninguno de los socios manifiesta su intención de no perseverar en el contrato por un nuevo período, mediante escritura pública que deberá subinscribirse al margen de la inscripción social con una anticipación de 6 meses a la fecha en que sociedad deba expirar.- Responsabilidad: Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus respectivos aportes.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Villarrica, 19 de agosto de 2020.