Instrumento
- Fecha
- 18 de agosto de 2020
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
a) Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y)o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y)o administración; La inversión en todo tipo de sociedades, de cualquier giro o actividad; La inversión en todo tipo de capitales, documentos y títulos negociables, acciones, fondos mutuos, bonos, cuotas, derechos, debentures, letras de cambio, pagarés, certificados de depósito, commodities, índices de bolsa, derivados financieros y valores en general, pudiendo explotar, administrar y percibir sus frutos; b) La prestación de toda clase de servicios, asesorías y consultorías en todo tipo de materias; a personas naturales y)o jurídicas, públicas y)o privadas, nacionales y)o extranjeras, vía presencial y)o remota; c) El desarrollo de cualquier otra actividad complementaria a las anteriores; Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y)o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y)o administración; d) El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y)o particulares, sean estos nacionales o extranjeros; y e) Concurrir a la formación y)o participar en toda clase de sociedades de personas, de capitales o anónimas, comunidades y asociaciones en general.- Representación, administración y uso
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Titular 36° Notaría de Santiago, La Concepción N° 65, piso 2, Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 18/08/2020, ante mí: doña LORENA ALEJANDRA DÍAZ GONZÁLEZ, y don FRANCISCO JAVIER OJEDA YAÑEZ, ambos con domicilio en Sierra de Cabrera Nº 10.786, Colina: constituyen Sociedad por Acciones.- Razón Social: “INVERSIONES OJEDA DÍAZ E HIJAS SpA”, pudiendo utilizar como nombre de fantasía, solo para fines de publicidad, propaganda u operaciones de banco, la expresión “INVERSIONES IOD SpA”.- Objeto: a) Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración; La inversión en todo tipo de sociedades, de cualquier giro o actividad; La inversión en todo tipo de capitales, documentos y títulos negociables, acciones, fondos mutuos, bonos, cuotas, derechos, debentures, letras de cambio, pagarés, certificados de depósito, commodities, índices de bolsa, derivados financieros y valores en general, pudiendo explotar, administrar y percibir sus frutos; b) La prestación de toda clase de servicios, asesorías y consultorías en todo tipo de materias; a personas naturales y/o jurídicas, públicas y/o privadas, nacionales y/o extranjeras, vía presencial y/o remota; c) El desarrollo de cualquier otra actividad complementaria a las anteriores; Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración; d) El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares, sean estos nacionales o extranjeros; y e) Concurrir a la formación y/o participar en toda clase de sociedades de personas, de capitales o anónimas, comunidades y asociaciones en general.- Representación, administración y uso razón social: Será ejercida indistintamente por doña LORENA ALEJANDRA DÍAZ GONZÁLEZ y don FRANCISCO JAVIER OJEDA YAÑEZ, con amplias facultades de administración y disposición enunciadas en escritura extractada.- Capital: $5.000.000, dividido en 5.000 acciones, sin valor nominal, de una misma serie, suscritas y pagadas.- Duración: Indefinida.- Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que se establezcan en el país o en el extranjero.- Otras estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 18, agosto, 2020.