Instrumento
- Fecha
- 26 de agosto de 2020
- Repertorio
- 4791/2020
- Notario
- Jorge Reyes Bessone
- Domicilio
- San Miguel
Sociedad
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otras ciudades de Chile o en el extranjero, así como de los domicilios especiales que pueda fijar en actos o contratos determinados
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto la distribución, al por mayor y por menor o detalle de toda clase de alimentos, mercaderías, artículos y productos y bienes de consumos en general, especialmente frutas y verduras, abarrotes, productos de aseo, entre otros
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJorge Reyes Bessone, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera número 4.886, Comuna de San Miguel, certifico que, por escritura pública otorgada con fecha 26 de agosto de 2020, ante mí, Repertorio N° 4791/2020, Don IGNACIO ANDRÉS CERDA CELIS, chileno, casado y separado de bienes, empresario, domiciliado para estos efectos en Avenida Cerro El Plomo N°5.630, depto. N°201, ciudad de Santiago, comuna de Las Condes; don MARTÍN OVIEDO BRAVO, chileno, casado, piloto comercial, domiciliado para estos efectos en San Anselmo N°481, casa N°256, Colina; don ANDRES FELIPE VIVANCO LACALLE, chileno, casado, periodista, domiciliado para estos efectos en San Anselmo N°481, casa N°259, Colina; y don JEAN LOUIS SEPÚLVEDA UGARTE, chileno, casado, ingeniero civil, domiciliado para estos efectos en San Anselmo N°481, casa N°257, Colina, constituyeron una sociedad por acciones con el nombre de “Club Campesino SpA”. Domicilio: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otras ciudades de Chile o en el extranjero, así como de los domicilios especiales que pueda fijar en actos o contratos determinados. Duración: La duración de la Sociedad es indefinida. Objeto: La sociedad tendrá por objeto la distribución, al por mayor y por menor o detalle de toda clase de alimentos, mercaderías, artículos y productos y bienes de consumos en general, especialmente frutas y verduras, abarrotes, productos de aseo, entre otros. Capital: Uno. El capital de la Sociedad asciende a la suma de cuatro millones de pesos, dividido en cuatro mil acciones de única serie, ordinarias, nominativas, sin valor nominal, cada una de igual valor, sin perjuicio de las modificaciones del capital y del valor de las acciones que se produzcan de pleno derecho en conformidad a las disposiciones del presente estatuto social y en forma supletoria de acuerdo a las normas aplicables a las sociedades anónimas cerradas. El capital se suscribe y paga por los accionistas en la forma que se expresa en el artículo primero transitorio de estos estatutos. Dos. Las acciones de la Sociedad podrán ser pagadas en dinero efectivo, trabajo o con otros bienes debidamente valorizados por el ciento por ciento de las acciones. Santiago, 27 de agosto de 2020.