DISOLUCIÓN Sociedad por Acciones

BELTOC CHILE SpA

RUT 76421147-2 CVE 1809812
Fecha instrumento
20 de agosto de 2020

Instrumento

Fecha
20 de agosto de 2020
Repertorio
1667-2020
Notario
HERNAN HERRERA CABALLERO
Domicilio
San Felipe

Objeto social

TERCERO.UNO) Disolución de la sociedad y Comisión Liquidadora; TERCERO.DOS) Vigencia de los acuerdos; y TERCERO.TRES) Facultades para reducir a Escritura Pública los acuerdos y poder al portador. CUARTO: Por la unanimidad de los accionistas, se tomaron y adoptaron los siguientes acuerdos: CUARTO. UNO) DISOLUCIÓN DE LA SOCIEDAD: El Sr. Presidente informó que, encontrándose la totalidad de las acciones de la sociedad BELTOC CHILE SpA en poder de don JOSÉ ANDRÉS AGUILERA AGUIRRE, esto es CIEN acciones, correspondiente al cien por ciento del capital social, y en consideración a lo dispuesto en el artículo Décimo Cuarto letra ii) y artículo Décimo Quinto de los Estatutos sociales, se ha tomado en forma unánime la decisión de disolver la sociedad BELTOC CHILE SpA. En este orden de consideraciones, y dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo Décimo Quinto de los Estatutos sociales, en este acto, y por la unanimidad de los accionistas, en este acto se acuerda elegir a la Comisión Liquidadora, la que estará compuesta por los siguientes tres miembros: a) Soledad Antonieta Valdivia Vargas, RUT 13.363.518-1; b) Francisca Díaz Murat, RUT 16.333.579-4; y c) Isabel Aravena Mena, RUT 16.917.464-4. A este respecto, se acuerda que la Comisión Liquidadora asuma sus funciones a contar de este momento, y a tales efectos designa como Presidenta a doña Soledad Antonieta Valdivia Vargas RUT 13.363518-1, en quien recaerá la representación legal de BELTOC CHILE SpA, y tendrá las facultades establecidas en el artículo Noveno de los Estatutos sociales, y, además, contará con todas y cada una de las potestades que en derecho correspondan para representar legalmente a la sociedad BELTOC CHILE SpA ante el Servicio de Impuestos Internos, y especialmente estará premunida de las siguientes: a) Para que en su nombre y representación actúe ante el Servicio de Impuestos Internos, y efectúe todos los trámites que sea necesarios y convenientes para requerir la disolución, liquidación y)o término de giro de la sociedad; y a tales efectos podrá firmar y suscribir todo tipo de documentos y formularios que se requiera; b) Podrá solicitar y)o entregar información, presentar y retirar documentos, presentar rectificatorias y)o aclaratorias; declarar impuestos diferidos, y en general, efectuar cualquiera otro trámite que sea necesario ante el citado Servicio; pudiendo para ello, firmar todos los documentos que le sean exigidos para el buen desempeño de su cometido, entendiéndose que la enumeración anterior es meramente ejemplar; c) Queda facultada también para actuar ante la Tesorería General de la República, donde podrá solicitar certificados de deudas y con competencias para firmar convenios de pago; pudiendo actuar, también, ante Municipalidades, Instituciones Previsionales, Fonasa, Caja de Compensaciones, Mutuales de Seguridad, y Dirección de Trabajo, con competencias de transigir en comparendos. Finalmente, y de acuerdo a lo estipulado en el artículo Décimo Quinto, una vez disuelta la sociedad BELTOC CHILE SpA, se deberán agregar las palabras “En Liquidación” a su

Personas y entidades (4)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad por Acciones BELTOC CHILE SpA socio 76421172-2
Soledad Antonieta Valdivia Vargas socio 13363518-1
Francisca Díaz Murat socio 16333579-4
Isabel Aravena Mena socio 16917464-4

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

HERNAN HERRERA CABALLERO, Abogado, Notario Público de San Felipe, Suplente del Titular don Alex Pérez de Tudela Vega, con oficio en calle Prat Nº106, certifico: Que con fecha 25 de Agosto de 2020, Repertorio Nº1667-2020, ante mí, se redujo a escritura pública Acta de Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad por Acciones BELTOC CHILE SpA, RUT 76.421.172-2, de fecha 20 de Agosto de 2020, con la asistencia de don JOSÉ ANDRÉS AGUILERA AGUIRRE RUT 7.195.885-K, y como invitadas doña SOLEDAD ANTONIETA VALDIVIA VARGAS RUT 13.363.518-1; doña FRANCISCA DÍAZ MURAT RUT 16.333.579-4; y doña ISABEL ARAVENA MENA RUT 16.917.464-4. Verificado el quórum se dio por constituida la Junta Extraordinaria de Accionistas y abierta la sesión, la que fue presidida para estos efectos por don JOSÉ ANDRÉS AGUILERA AGUIRRE, desarrollándose de acuerdo a la siguiente Tabla: PRIMERO: El Sr. Presidente manifestó que concurren a esta Junta los siguientes accionistas de la sociedad por acciones BELTOC CHILE SpA: don JOSÉ ANDRÉS AGUILERA AGUIRRE con CIEN acciones correspondiente al cien por ciento del capital social. En consecuencia se encontraban presentes y representados en la presente Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad por acciones BELTOC CHILE SpA, la totalidad de las acciones con derecho a voto de la sociedad. SEGUNDO: El Presidente señaló que al encontrarse presentes o representadas la totalidad de las acciones emitidas por la sociedad por acciones BELTOC CHILE SpA, esto es el cien por ciento del capital social, se declaró instalada la Junta Extraordinaria de Accionistas e iniciada la sesión, y en consecuencia resulta innecesario certificar por medio de avisos en los diarios o periódicos dicha citación. TERCERO: El Presidente manifestó que esta Junta Extraordinaria de Accionistas tiene por objeto: TERCERO.UNO) Disolución de la sociedad y Comisión Liquidadora; TERCERO.DOS) Vigencia de los acuerdos; y TERCERO.TRES) Facultades para reducir a Escritura Pública los acuerdos y poder al portador. CUARTO: Por la unanimidad de los accionistas, se tomaron y adoptaron los siguientes acuerdos: CUARTO. UNO) DISOLUCIÓN DE LA SOCIEDAD: El Sr. Presidente informó que, encontrándose la totalidad de las acciones de la sociedad BELTOC CHILE SpA en poder de don JOSÉ ANDRÉS AGUILERA AGUIRRE, esto es CIEN acciones, correspondiente al cien por ciento del capital social, y en consideración a lo dispuesto en el artículo Décimo Cuarto letra ii) y artículo Décimo Quinto de los Estatutos sociales, se ha tomado en forma unánime la decisión de disolver la sociedad BELTOC CHILE SpA. En este orden de consideraciones, y dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo Décimo Quinto de los Estatutos sociales, en este acto, y por la unanimidad de los accionistas, en este acto se acuerda elegir a la Comisión Liquidadora, la que estará compuesta por los siguientes tres miembros: a) Soledad Antonieta Valdivia Vargas, RUT 13.363.518-1; b) Francisca Díaz Murat, RUT 16.333.579-4; y c) Isabel Aravena Mena, RUT 16.917.464-4. A este respecto, se acuerda que la Comisión Liquidadora asuma sus funciones a contar de este momento, y a tales efectos designa como Presidenta a doña Soledad Antonieta Valdivia Vargas RUT 13.363518-1, en quien recaerá la representación legal de BELTOC CHILE SpA, y tendrá las facultades establecidas en el artículo Noveno de los Estatutos sociales, y, además, contará con todas y cada una de las potestades que en derecho correspondan para representar legalmente a la sociedad BELTOC CHILE SpA ante el Servicio de Impuestos Internos, y especialmente estará premunida de las siguientes: a) Para que en su nombre y representación actúe ante el Servicio de Impuestos Internos, y efectúe todos los trámites que sea necesarios y convenientes para requerir la disolución, liquidación y/o término de giro de la sociedad; y a tales efectos podrá firmar y suscribir todo tipo de documentos y formularios que se requiera; b) Podrá solicitar y/o entregar información, presentar y retirar documentos, presentar rectificatorias y/o aclaratorias; declarar impuestos diferidos, y en general, efectuar cualquiera otro trámite que sea necesario ante el citado Servicio; pudiendo para ello, firmar todos los documentos que le sean exigidos para el buen desempeño de su cometido, entendiéndose que la enumeración anterior es meramente ejemplar; c) Queda facultada también para actuar ante la Tesorería General de la República, donde podrá solicitar certificados de deudas y con competencias para firmar convenios de pago; pudiendo actuar, también, ante Municipalidades, Instituciones Previsionales, Fonasa, Caja de Compensaciones, Mutuales de Seguridad, y Dirección de Trabajo, con competencias de transigir en comparendos. Finalmente, y de acuerdo a lo estipulado en el artículo Décimo Quinto, una vez disuelta la sociedad BELTOC CHILE SpA, se deberán agregar las palabras “En Liquidación” a su nombre. CUARTO. DOS) VIGENCIA DE LOS ACUERDOS: Se aprueba en forma unánime que todos los acuerdos adoptados en esta sesión surtan sus efectos de inmediato, bastando para ello que este instrumento se encuentre firmado por todos los accionistas que concurrieron a ella. CUARTO. TRES) FACULTADES PARA REDUCIR A ESCRITURA PÚBLICA LOS ACUERDOS Y PODER AL PORTADOR: Por unanimidad los accionistas acuerdan facultar a don MATÍAS ANDRÉS VELOSO NIETO, cédula de identidad número 11.415.598-5 y a doña SOLEDAD ANTONIETA VALDIVIA VARGAS cédula de identidad número 13.363.518-1, para que UNO CUALQUIERA DE ELLOS, proceda a reducir a Escritura Pública, total o parcialmente, la presente Acta, pudiendo otorgar escrituras privadas, adicionales, complementarias o rectificatorias, que sean necesarias. Así mismo, se faculta al portador de copia autorizada de dicha escritura para requerir las cancelaciones, inscripciones, subinscripciones y anotaciones que sean pertinentes en conformidad a la Ley, los Estatutos Sociales o para aquello que se estime conveniente. QUINTO: El Sr. Presidente agradeció la participación, y no habiendo otro asunto que tratar se levantó la sesión y se dio por concluida la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad por acciones BELTOC CHILE SpA, a las dieciséis cuarenta y cinco horas. Demás estipulaciones escritura extractada. San Felipe, 25 de Agosto de 2020.-