MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SISTEMAS MECÁNICOS, HIDRÁULICOS Y NEUMÁTICOS LIMITADA

RUT 76945900-6 CVE 1809146
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
27 de julio de 2020
Notaría
Interina de la Segunda

Instrumento

Fecha
27 de julio de 2020
Comuna
Interina de la Segunda

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ZUNILDA VITALIA SUAZO CASTILLO, Abogada, Notaria Interina de la Segunda Notaría de Concepción, con oficio en calle San Martín 906, Concepción, certifico: Que, por escritura pública de fecha 27 de julio de 2020, Rep. 1.553-2020, doña EMMA PATRICIA QUEZADA HERNÁNDEZ, C.I. Nº7.755.233-2, domiciliada en Camino Al Venado Alto Nº250, casa 13, comuna de San Pedro de La Paz; y don BALTAZAR ENRIQUE ORMEÑO GUTIERREZ, C.I.Nº 5.991.054-K, domiciliado en Camino Al Venado Alto Nº250, condominio Alto Lafquen, casa 13, comuna de San Pedro de La Paz, modificaron Sociedad de Responsabilidad Limitada, Razón Social: "SISTEMAS MECÁNICOS, HIDRÁULICOS Y NEUMÁTICOS LIMITADA", RUT Nº76.945.900-6, Capital: $2.000.000, en el siguiente sentido: Se reemplaza la cláusula segunda de la escritura de constitución que señala “La razón social será “SISTEMAS MECÁNICOS, HIDRÁULICOS Y NEUMÁTICOS LIMITADA” pudiendo abreviar la expresión LIMITADA por “LTDA.” El domicilio de la sociedad será la comuna de Coronel, sin perjuicio de las agencias o sucursales que establezca en cualquier punto del país o en el extranjero.” Por la siguiente cláusula: “La razón social será “SISTEMAS MECÁNICOS, HIDRÁULICOS Y NEUMÁTICOS LIMITADA” pudiendo abreviar la expresión LIMITADA por “LTDA.” Sin embargo, la sociedad podrá actuar y funcionar respecto de todas sus relaciones con terceros, inclusive actuaciones frente a los Bancos u otros Organismos de Crédito o financieros, con el nombre de fantasía “BOGE LTDA.” El domicilio de la sociedad será la comuna de Coronel, sin perjuicio de las agencias o sucursales que establezca en cualquier punto del país o en el extranjero. Los socios comparecientes acuerdan por este acto ratificar el pacto social en todo lo que no aparezca modificado por el presente instrumento, de manera que en lo demás, la sociedad continuará rigiéndose según las cláusulas señaladas en su escritura de constitución primitiva, en cuanto a las facultades de administración; balance, utilidades y retiros; capital social, su disolución y liquidación. Para todos los efectos legales, la presente escritura de modificación se tendrá como parte integrante de la escritura constitutiva de la sociedad “Sistemas Mecánicos, Hidráulicos Y Neumáticos Limitada”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Concepción, 28 de agosto de 2020//mme.