COMERCIALIZADORA ENERTRÓN LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 17 de agosto de 2020
- Notario
- LINDA SCARLETT BOSCH JIMENEZ
- Oficio
- 20 Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLINDA SCARLETT BOSCH JIMENEZ, Notario Publico Titular 20 Notaría Santiago, Apoquindo Nº4.990, Las Condes, certifico: por escritura pública hoy, ante mí, RODRIGO ESTEBAN ROJO ESPINOZA, chileno, casado y separado totalmente de bienes, licenciado en administración, cédula nacional de identidad número nueve millones ochenta y cuatro mil novecientos uno guion ocho, domiciliado en Manquehue Sur quinientos cincuenta y cinco, departamento mil diez, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; don VÍCTOR EDUARDO NÚÑEZ ROCO, chileno, casado y separado totalmente de bienes, empleado, cédula nacional de identidad número doce millones ochocientos noventa y cinco mil doscientos cuarenta y siete guion cero, domiciliado en Santo Domingo número ciento noventa y cinco, comuna de San Ramón, Región Metropolitana; doña DENISSE MADELAINE LE MOIGNE OLIVA, chilena, casada y separada totalmente de bienes, empleada, cédula nacional de identidad número trece millones cuatrocientos cuarenta y dos mil quinientos setenta y uno guion siete, domiciliada en domiciliado en Manquehue Sur quinientos cincuenta y cinco, departamento mil diez, comuna de Las Condes, Región Metropolitana y don IVÁN ERNESTO COUSO SALAS, chileno, casado y separado totalmente de bienes, empleado, cédula nacional de identidad número diez millones seiscientos noventa y tres mil ciento cinco guion cuatro, domiciliado en Paulino Alfonso trescientos treinta y uno, departamento trescientos uno, comuna de Santiago, Región Metropolitana; modificaron la sociedad “COMERCIALIZADORA ENERTRÓN LIMITADA”, RUT N° 76.061.393-2, constituida 19 Mayo 2009 ante Pablo González Caamaño, Notario Público Titular de la 9 Notaría de Santiago, extracto inscrito Registro de Comercio a fs. 24.551 N° 16.788 año 2009, y se publicó en el Diario Oficial con fecha 10 Junio 2009, en el sentido que quedan como socios: don RODRIGO ESTEBAN ROJO ESPINOZA, antes individualizado, vende, cede y transfiere el sesenta por ciento de sus derechos en la sociedad “COMERCIALIZADORA ENERTRÓN LIMITADA”, a don VÍCTOR EDUARDO NÚÑEZ ROCO, antes individualizado, quién los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión y venta es de seis millones de pesos, que el comprador y cesionario paga en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando don RODRIGO ESTEBAN ROJO ESPINOZA haberlo recibido a su entera satisfacción. En este mismo acto don RODRIGO ESTEBAN ROJO ESPINOZA, antes individualizado, vende, cede y transfiere el treinta y nueve por ciento de sus derechos en la sociedad “COMERCIALIZADORA ENERTRÓN LIMITADA”, a don IVÁN ERNESTO COUSO SALAS, antes individualizado, quién los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión y venta es de tres millones novecientos mil pesos, que el comprador y cesionario paga en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando don RODRIGO ESTEBAN ROJO ESPINOZA haberlo recibido a su entera satisfacción. Además, doña DENISSE MADELAINE LE MOIGNE OLIVA, antes individualizada, vende, cede y transfiere el uno por ciento de sus derechos en la sociedad “COMERCIALIZADORA ENERTRÓN LIMITADA”, a don IVÁN ERNESTO COUSO SALAS, antes individualizado, quién los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión y venta es de cien mil pesos, que el comprador y cesionario paga en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando doña DENISSE MADELAINE LE MOIGNE OLIVA haberlo recibido a su entera satisfacción. En consecuencia, quedan como únicos socios de “COMERCIALIZADORA ENERTRÓN LIMITADA” don VÍCTOR EDUARDO NÚÑEZ ROCO, con un sesenta por ciento de los derechos sociales y don IVÁN ERNESTO COUSO SALAS, con un cuarenta por ciento de los derechos sociales. Acuerdan además que la persona que tendrá el uso de la razón social, la administración y el cargo de gerente general, acordado los comparecientes y únicos socios que ésta corresponderá exclusivamente al socio don VÍCTOR EDUARDO NÚÑEZ ROCO. En todo lo demás y no modificado expresamente por este instrumento, rige y se mantiene el pacto social original ya referido. Capital Social: $10.000.000.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 17 de Agosto de 2020.