Sociedad de Inversiones y Asesorías Boca de Playa Limitada
Instrumento
- Fecha
- 14 de agosto de 2020
- Notario
- Luis Ignacio Manquehual Mery
- Oficio
- Octava Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, Abogado, Notario Público Titular Octava Notaria de Santiago, Huérfanos 941, local 302, Santiago, certifica que: Por escritura pública de fecha 14 de agosto de 2020, ante mí, Alvaro Fernández Fernández, Michele Marie Bunout Stiepovic, Vicente Fernández Bunout, María Belén Fernández Bunout y Lucas Fernández Bunout, todos domiciliados en Camino La Ascensión N° 9.368, Lo Barnechea, Santiago, acordaron modificar la sociedad “Sociedad de Inversiones y Asesorías Boca de Playa Limitada”, inscrita a fs. 20.853 N° 10.407 del Registro Comercio de Conservador de Bienes Raíces de Santiago año 1991, en lo siguiente: (i) Modificar la administración y uso de la razón social de la Sociedad en el sentido que ellos correspondan de manera individual e indistintamente a Alvaro Fernández Fernández y Michele Marie Bunout Stiepovic, con las mas amplias facultades de administración y disposición de bienes, las que se señalan de forma meramente enunciativa en la escritura extractada. En caso de fallecimiento, inhabilidad, incapacidad, impedimento o ausencia de cualquiera de los administradores de la sociedad, Michele Marie Bunout Stiepovic y Alvaro Fernández Fernández, circunstancia que no será necesario acreditar ante terceros, la administración y uso de la razón social de la Sociedad corresponderá a Vicente Fernández Bunout, María Belén Fernández Bunout y a Lucas Fernández Bunout, quienes actuando conjuntamente tendrán todas las facultades que se señalan de forma meramente enunciativa en la escritura extractada; y, (ii) Se modifica el artículo Séptimo de los estatutos sociales referentes a la administración de la Sociedad en el sentido indicado en el numeral anterior. Responsabilidad de los socios limitada al monto de sus aportes. En lo demás estatutos íntegramente vigentes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 27 de agosto de 2020.