Instrumento
- Fecha
- 18 de agosto de 2020
- Notario
- ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS
- Oficio
- 42ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Será la comuna de Lo Barnechea
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto la comercialización, compra, venta, importación y exportación, transporte y distribución, al por menor y al por mayor, de todo tipo de carnes de ganado vacuno, porcino, bovino, ovino, de aves de corral, pescados y productos de mar, así como de todos sus derivados y lácteos tales como leche, queso, huevos, yogurt y quesillo, entre otros. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Sebastián Valdés Moure | socio | 18392082-0 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, Notario Público Titular 42ª Notaría Santiago, Agustinas 1.070, piso 2, comuna de Santiago, certifico: por escritura pública 18 agosto de 2020, ante mí, Sebastián Valdés Moure, CNI Nº 18.392.082-0, domiciliado en Camino del Chin Nº 3.582, casa O, comuna Lo Barnechea; constituyó sociedad por acciones: Razón Social: “Rincón del Corte SpA”. Domicilio: Será la comuna de Lo Barnechea, sin perjuicio que podrá establecer oficinas, filiales, agencias o sucursales en otros lugares del país o del extranjero. Duración: La duración de la sociedad será indefinida. Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto la comercialización, compra, venta, importación y exportación, transporte y distribución, al por menor y al por mayor, de todo tipo de carnes de ganado vacuno, porcino, bovino, ovino, de aves de corral, pescados y productos de mar, así como de todos sus derivados y lácteos tales como leche, queso, huevos, yogurt y quesillo, entre otros. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad. Capital: $1.000.000.- dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, de igual valor y sin valor nominal, que se encuentra íntegramente suscrito y totalmente pendiente de pago, pago que se efectuará en dinero efectivo dentro del plazo de 5 años contados desde la fecha escritura extractada. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 21 de agosto de 2019.