INDUSTRIAL MUNILQUE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 7 de agosto de 2020
- Notario
- JUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA
- Oficio
- cuarta notaria de Los Ángeles
Sociedad
- Capital
- $5.000 CLP
Administración
En consecuencia, se modificó el TITULO TERCERO. artículo sexto y articulo séptimo de los estatutos sociales. En todo lo no modificado, se mantiene expresamente vigente el pacto social, y en especial, la estipulación que establece que
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA, notario público titular de la cuarta notaria de Los Ángeles, Caupolicán 355, certifico: Que por escritura Pública Rep. 2834-2020, hoy ante mí, CARLOS HERNÁN FLORES PÉREZ, contador auditor, domiciliado en calle Roberto Gómez; doña SANDRA MILENA GUERRERO RAMÍREZ, fonoaudióloga, domiciliada en calle Avenida Gabriela Mistral número 205, depto. 200, Los Angeles; y don JUVENAL ENRIQUE FLORES PEREZ, técnico mecánico, domiciliado en calle Ayinrehue número 2469, comuna de Los Angeles, modificaron sociedad INDUSTRIAL MUNILQUE LIMITADA, en adelante la “Sociedad”, inscrita a fs. 839 N°539 del Registro de Comercio de Los Angeles año 2012. Modificaciones: (i) Carlos Hernán Flores Pérez vende, cede y transfiere el100% de sus derechos sociales equivalentes al 50% del capital social a Juvenal Enrique Flores Pérez. El capital social, íntegramente pagado e ingresado a la caja social, queda dividido entre los socios en los siguientes porcentajes: Juvenal Enrique Flores Pérez con un 50%, que equivale a $5.000.000 y Sandra Milena Guerrero Ramírez con 50% que equivale a $5.000.000; (ii) se determina la distribución de las utilidades entre los socios y (iii) Se otorga una nueva estructura de administración, representación y uso de la razón social. En consecuencia, se modificó el TITULO TERCERO. artículo sexto y articulo séptimo de los estatutos sociales. En todo lo no modificado, se mantiene expresamente vigente el pacto social, y en especial, la estipulación que establece que los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Los Angeles 07 de Agosto de 2020.-