MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

HAUSSMANN Y ULLOA SpA

RUT 77050658-1 CVE 1808096
Fecha instrumento
31 de mayo de 2019
Notaría
Puente Alto

Instrumento

Fecha
31 de mayo de 2019
Notario
ANDRES VEGA ALVARADO
Oficio
4ª Notaría Puente Alto
Comuna
Puente Alto

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRES VEGA ALVARADO, Notario Público Titular 4ª Notaría Puente Alto, Balmaceda Nº371, local 113, certifico que, por escritura pública hoy ante mí, don FRANCISCO JOSE HAUSSMANN PEREZ, chileno, soltero, ingeniero civil químico, C.I.Nº13.638.569-0, domiciliado en Avenida Francisco Bilbao Nº827, departamento 809, comuna de Providencia, Región Metropolitana, y don JORGE ANDRES ULLOA VERGARA, chileno, soltero, ingeniero químico, C.I.Nº14.181.236-K, domiciliado en Ramón Corvalán Melgarejo Nº8, Departamento 501, comuna de Santiago, Región Metropolitana, otorgan Saneamiento de Constitución de Sociedad por Acciones cuya razón social es “HAUSSMANN Y ULLOA SPA”, RUT N°77.050.658-1, la que fuera constituida por escritura pública otorgada ante mí con fecha 31 de mayo de 2019, inscrita a fojas 54.066 N°26.733, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2019 y se publicó en el Diario Oficial con el N°42.404, con fecha 15 de Julio del 2019. Que, en la escritura señalada, de manera involuntaria se incurrió en diversos errores en cláusulas de capital y administración, constituyendo vicio formal, los que se indican a continuación: En la cláusula Quinta dice: “El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos aportados de la siguiente manera...” en circunstancias que debe decir: “El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, dividido en un millón de acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción dará derecho a un voto, dineros que son aportados de la siguiente manera…” y en la cláusula Octava dice: “La representación y administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a ambos socios, quienes la ejercerán…” en circunstancias que debe decir: “La representación y administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don FRANCISCO JOSE HAUSSMANN PEREZ, ya individualizado, quien la ejercerá…”. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Puente Alto, 05 de agosto de 2020. Rep.Nº496-2020.