CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Agrícola Valle Longotoma Ltda.

CVE 1807589
Capital
$15.000 CLP
Fecha instrumento
3 de agosto de 2020
Notaría
Buin
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
3 de agosto de 2020
Notario
Pedro Hernán Álvarez Lorca
Oficio
Primera Notaria de Buin
Comuna
Buin

Sociedad

Capital
$15.000 CLP
Domicilio
Buin sin perjuicio de tener sucursales u oficinas en otras plazas del País o del extranjero
Duración
Caso fallecimiento un socio, sociedad continuará entre sobreviviente y herederos fallecido, quienes deberán designar procurador común para actuar ante sociedad

Objeto social

La explotación agrícola, ganadera y forestal de predios rústicos, por cuenta propia o ajena; la compra, venta, importación, exportación, transformación y comercialización de productos agrícolas, flores, plantas, leña, carbón, productos ganaderos o forestales, la compra, venta o arrendamiento de predios agrícolas, y todo otro negocio o actividad conexa o relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad agropecuaria; y la forestación y reforestación de predios forestales, la compraventa y arrendamiento de los mismos, por sí o en representación de terceros, todo ello sin perjuicio de los demás negocios o actividades que los socios acuerden en el futuro

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Pedro Hernán Álvarez Lorca, Notario Público Titular de la Primera Notaria de Buin, calle Aníbal Pinto N°269, local N°5, comuna de Buin, certifico: Que por escritura pública hoy ante mí, Ramón Rafael Covarrubias Matte, calle El Mariscal N° 1590, comuna de La Pintana, María Teresa Ariztía Correa, calle El Mariscal N° 1590, comuna de La Pintana, Catalina Covarrubias Ariztía, calle El Mariscal N° 1590, comuna de La Pintana, Diego Augusto Covarrubias Ariztía, calle El Mariscal N° 1590, comuna de La Pintana, Carlos Manuel Ariztía Correa, Fundo las Acacias de Viluco sin número, comuna de Buin, María Bernardita Moreno Valdés, Fundo las Acacias de Viluco sin número, comuna de Buin, María Blanquita Adelaida Ariztía Moreno, Fundo las Acacias de Viluco sin número, comuna de Buin, María Elisa Ariztía Moreno, Fundo las Acacias de Viluco sin número, comuna de Buin, y Carlos José Ariztía Moreno, Fundo las Acacias de Viluco sin número, comuna de Buin, constituyeron sociedad responsabilidad limitada al monto sus respectivos aportes, bajo razón social "Agrícola Valle Longotoma Ltda.”, nombre de fantasía "Valle Longotoma Ltda." Objeto: La explotación agrícola, ganadera y forestal de predios rústicos, por cuenta propia o ajena; la compra, venta, importación, exportación, transformación y comercialización de productos agrícolas, flores, plantas, leña, carbón, productos ganaderos o forestales, la compra, venta o arrendamiento de predios agrícolas, y todo otro negocio o actividad conexa o relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad agropecuaria; y la forestación y reforestación de predios forestales, la compraventa y arrendamiento de los mismos, por sí o en representación de terceros, todo ello sin perjuicio de los demás negocios o actividades que los socios acuerden en el futuro. Capital social: $15.000.000 cantidad que los socios aportan y enteran en este acto y en dinero efectivo e ingresan a la caja social, en las siguientes proporciones: un 10%, don Ramón Rafael Covarrubias Matte, un 10%, doña María Teresa Ariztía Correa, un 15% doña Catalina Covarrubias Ariztía, un 15% don Diego Augusto Covarrubias Ariztía, un 10% don Carlos Manuel Ariztía Correa, un 10% doña María Bernardita Moreno Valdés, un 10%, doña María Blanquita Adelaida Ariztía Moreno, un 10% doña María Elisa Ariztía Moreno, y un 10% don Carlos José Ariztía Moreno. Administración y uso razón social: Corresponderá, de manera indistinta y separada, a doña María Blanquita Adelaida Ariztía Moreno y a don Diego Augusto Covarrubias Ariztía. Plazo del contrato: 3 años a contar fecha escritura prorrogable tácita, sucesiva y automáticamente por períodos iguales 3 años cada uno si ningún socio manifestare voluntad ponerle término mediante declaración formulada por escritura pública en forma indicada en escritura extractada con anticipación mínima de 6 meses a la expiración período en vigencia. Caso fallecimiento un socio, sociedad continuará entre sobreviviente y herederos fallecido, quienes deberán designar procurador común para actuar ante sociedad. Domicilio social: Buin sin perjuicio de tener sucursales u oficinas en otras plazas del País o del extranjero. Demás estipulaciones en escritura extractada. Buin, 3 de agosto de 2020. Pedro H. Alvarez Lorca, Notario Público.