MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS MÉDICOS SCHON Y COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 76241792-8 CVE 1806265
Capital
$300.000 CLP
Fecha instrumento
14 de agosto de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
14 de agosto de 2020
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
Oficio
Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$300.000 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
SERVICIOS MÉDICOS SCHON Y COMPAÑÍA LIMITADA socio 76241792-8

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número 835, piso 18, comuna de Santiago, certificó: que por escritura pública otorgada ante él suplente don, JUAN IGNACIO SAN MARTIN SCHRÖDER, con fecha 14 de agosto de 2020, don MATHIAS ANDRÉS SCHON MULLER, chileno, casado, médico cirujano, cédula de identidad número 13.686.578-1, con domicilio en Avenida Ricardo Lyon número dos mil doscientos cincuenta y seis, departamento doscientos tres A, comuna de Providencia; doña MARJORIE ALEJANDRA SANDOVAL CORDERO, chilena, casada, médico cirujano, cédula de identidad número 12.940.774-3, con domicilio en Camino La Piedra número veintisiete, Comuna de Colina; don GABRIEL HUMBERTO SANDOVAL ÁLVAREZ, chileno, casado, pensionado, cédula de identidad número 5.673.919-k, con domicilio en calle Virginia número ocho mil trescientos cincuenta y uno, Comuna de Vitacura; doña MARÍA ALEJANDRA CORDERO TRIGO, chilena, casada, administrativa, cédula de identidad número 5.612.629-5, con domicilio en calle Santa Margarita número mil sesenta y uno, Comuna de Antofagasta, Cuidad de Antofagasta y de paso en esta; don MICHAEL GERT SCHON MULLER, chileno, soltero, estudiante, cédula de identidad número 18.018.250-0, con domicilio en Martín de Zamora número tres mil cuatrocientos cuarenta y tres, departamento número cincuenta y cuatro, comuna de Las Condes; don GABRIEL ELÍAS SANDOVAL SILVA, chileno, chileno, estudiante, cédula de identidad número 17.736.229-8, con domicilio en calle Santa Margarita número mil sesenta y uno, Comuna de Antofagasta, Cuidad de Antofagasta y de paso en esta; modificaron, en su calidad de únicos socios a la sazón, la sociedad de responsabilidad limitada SERVICIOS MÉDICOS SCHON Y COMPAÑÍA LIMITADA, RUT N°76.241.792-8, cuyo capital social asciende a la suma de $300.000 pesos, constituida por escritura pública de fecha veintiocho de enero de dos mil trece, otorgada en la notaría de Santiago de don ENRIQUE TORNERO FIGUEROA. Dicha sociedad fue inscrita a fojas ocho mil seiscientos ochenta y cuatro, número seis mil cincuenta y uno, en el Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año dos mil trece y se publicó en el Diario Oficial de fecha uno de febrero de dos mil trece. La modificación vino a realizar lo siguiente: (1) Cesión de derechos sociales, (2) Modificación de la composición social, (3) Modificación de la cláusula de capital de la sociedad, (4) Modificar el objeto de la Sociedad y (5) Modificación de la distribución anual de utilidades. Detalle de las modificaciones: (1) Cesión de derechos sociales: La modificación tuvo por objeto la salida de: /a/ don MICHAEL GERT SCHON MULLER de la sociedad, mediante la cesión que realizó este socio de su 16 % de los derechos sociales, entregando un 8% de sus derechos sociales a don MATHIAS ANDRÉS SCHON MULLER y un 8% de sus derechos sociales a doña MARJORIE ALEJANDRA SANDOVAL CORDERO y/b/ don GABRIEL ELÍAS SANDOVAL SILVA de la sociedad, mediante la cesión que realizó este socio de su 16 % de los derechos sociales, entregando un 8% de sus derechos sociales a don GABRIEL HUMBERTO SANDOVAL ÁLVAREZ y un 8% de sus derecho sociales a doña MARÍA ALEJANDRA CORDERO TRIGO. (2) Modificación de la composición: Como consecuencia de la cesión de derechos sociales referida, los únicos y actuales socios de la Sociedad son las siguientes personas, en los porcentajes que se indican: /a/ don MATHIAS ANDRÉS SCHON MULLER, antes individualizado, con un veinticinco por ciento del capital e interés social; /b/ doña MARJORIE ALEJANDRA SANDOVAL CORDERO, antes individualizada, con un veinticinco por ciento del capital e interés social, c) don GABRIEL HUMBERTO SANDOVAL ÁLVAREZ, antes individualizado, con un veinticinco por ciento del capital e interés social y d)doña MARÍA ALEJANDRA CORDERO TRIGO antes individualizada, con un veinticinco por ciento del capital e interés social. (3) Modificación de la cláusula de capital de la sociedad: Para dar cuenta de la modificación del capital de la sociedad en virtud de lo anteriormente referido, se acordó modificar el artículo QUINTO de los estatutos sociales, reemplazándolo por el siguiente: “QUINTO: El capital social es la suma de trescientos mil pesos, íntegramente pagado por los socios de la siguiente forma: don MATHIAS ANDRÉS SCHON MULLER aporta la suma de setenta y cinco mil pesos correspondientes al veinticinco por ciento de los derechos sociales; doña MARJORIE ALEJANDRA SANDOVAL CORDERO aporta la suma de setenta y cinco mil pesos correspondientes al veinticinco por ciento de los derechos sociales; don GABRIEL HUMBERTO SANDOVAL ÁLVAREZ aporta la suma de setenta y cinco mil pesos correspondientes al veinticinco por ciento de los derechos sociales; y doña MARÍA ALEJANDRA CORDERO TRIGO aporta la suma de setenta y cinco mil pesos correspondientes al veinticinco por ciento de los derechos sociales. En consecuencia, el capital social queda íntegramente aportado y pagado en la caja social, en los términos recién expuestos, limitando los socios su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus respectivos aportes.” (4) Modificar el objeto de la Sociedad Para dar cuenta del nuevo objeto social, se acordó modificar el artículo TERCERO de los estatutos sociales, reemplazándolo por el siguiente: “TERCERO: El objeto de la Sociedad será prestar toda clase de servicios o asesorías profesionales en el área de la salud, procurando proteger el patrimonio de la Sociedad del riesgo empresarial, médico-legal y financiero propio de las prácticas en las áreas médicas; la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, valores mobiliarios, compra y venta de esos bienes y derechos; y toda actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores.”. (5) Modificación de la distribución anual de utilidades Para dar cuenta de la nueva distribución de utilidades, se acordó modificar el artículo SEXTO de los estatutos sociales, reemplazándolo por el siguiente: “SEXTO: Las utilidades y eventuales pérdidas se distribuirán entre los socios en proporción a sus aportes; o en las proporciones que ellos mismos determinen, únicamente en caso de que los socios acuerden que existen legítimas razones comerciales, económicas, financieras, patrimoniales o administrativas para que la distribución anual de utilidades se realice en forma desproporcionada a su participación en el capital de la empresa.”. En todo lo no modificado por este instrumento extractado, permanecen plenamente vigentes las estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada y no son materia de extracto. Santiago, 20 de agosto de 2020.