CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

SANTA MARTINA SpA

RUT 11844062-5 CVE 1806952
Fecha instrumento
14 de agosto de 2020
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
14 de agosto de 2020
Notario
Alejandro Américo Alvarez Barrera
Oficio
41 Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
Se encontrará ubicado en la Región Metropolitana, República de Chile
Duración
Indefinida

Objeto social

Será la comercialización, distribución, importación, exportación, fabricación, arriendo y ventas, al por mayor o menor de todo tipo de productos y artículos electrónicos, eléctricos, textiles, muebles, vestuario, calzado, de alimentación, accesorios en general, para uso doméstico y)o industrial y en general representación en la venta de toda clase de productos, para la venta presencial o a distancia, por la vía de internet y)o comercio electrónico, la representación y)o administración de las empresas nacionales y)o extranjeras relacionadas con el

Administración

La administración y representación de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña María Raquel Vargas Solar, ya individualizado en la comparecencia, quien, en uso de sus facultades y)o anteponiendo la razón social, realizará actos de administración y representación de la sociedad, teniendo las más amplias facultades de administración y disposición de bienes que otorga el artículo cuarenta de la Ley dieciocho mil cuarenta y seis al Directorio de una sociedad anónima y las ejercerá por sí o por medio de sus mandatarios habituales o de aquel o aquellos mandatarios que designe especialmente para tal efecto, quienes deberán anteponer a su firma personal el nombre de la sociedad

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Alejandro Américo Alvarez Barrera, Notario Público 41 Notaría Santiago, Suplente titular Félix Jara Cadot, Huérfanos 1160, subsuelo, certifica: Por escritura pública hoy, ante mí, doña MARIA RAQUEL VARGAS SOLAR, chilena, soltera, empresaria, cédula nacional de identidad número 11.844.062-5, con domicilio Huérfanos 1294, oficina 77, comuna de Santiago. Constitución y Razón social. La compareciente constituye una Sociedad por Acciones cuya razón social será “SANTA MARTINA SpA”, sin embargo, la sociedad podrá funcionar y actuar, inclusive en los Bancos, con el nombre de fantasía “COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA VIOLETT SpA”. El domicilio: Se encontrará ubicado en la Región Metropolitana, República de Chile; sin perjuicio de que pueda abrir agencias, sucursales u oficinas en otros puntos del país o del extranjero. El objeto: Será la comercialización, distribución, importación, exportación, fabricación, arriendo y ventas, al por mayor o menor de todo tipo de productos y artículos electrónicos, eléctricos, textiles, muebles, vestuario, calzado, de alimentación, accesorios en general, para uso doméstico y/o industrial y en general representación en la venta de toda clase de productos, para la venta presencial o a distancia, por la vía de internet y/o comercio electrónico, la representación y/o administración de las empresas nacionales y/o extranjeras relacionadas con el objeto. La duración: la sociedad será indefinida. Capital y acciones. El capital de la sociedad será la cantidad de diez millones de pesos, dividido en mil acciones nominativas de igual valor y sin valor nominal que se suscriben, enteran y pagan en la forma y proporciones que se indica en los artículos transitorios. Responsabilidad. Los accionistas limitan expresamente su responsabilidad personal por los negocios y obligaciones sociales hasta el monto de sus respectivos aportes. Administración: La administración y representación de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña María Raquel Vargas Solar, ya individualizado en la comparecencia, quien, en uso de sus facultades y/o anteponiendo la razón social, realizará actos de administración y representación de la sociedad, teniendo las más amplias facultades de administración y disposición de bienes que otorga el artículo cuarenta de la Ley dieciocho mil cuarenta y seis al Directorio de una sociedad anónima y las ejercerá por sí o por medio de sus mandatarios habituales o de aquel o aquellos mandatarios que designe especialmente para tal efecto, quienes deberán anteponer a su firma personal el nombre de la sociedad.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 14 agosto 2020.