MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

FRUTÍCOLA RÍO BLANCO SpA

RUT 76412827-3 CVE 1806848
Capital
$10.691.362 CLP
Fecha instrumento
13 de agosto de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
13 de agosto de 2020
Repertorio
11481-2020
Notario
EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
Oficio
Trigésima Cuarta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$10.691.362 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
INVERSIONES RÍO BLANCO SpA accionista 76783513-2

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en Luis Thayer Ojeda Nº 359, comuna de Providencia, certifico: por escritura pública de fecha 13 de agosto de 2020, otorgada bajo el Repertorio N° 11.481-2020, ante mí, INVERSIONES RÍO BLANCO SpA, Rol Único Tributario N° 76.783.513-2, representada por Ricardo Koch Peppi y Enzo Gioia Porfiri, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Alonso de Monroy N° 2677, piso 4, Vitacura, en su calidad de único accionista de la sociedad FRUTÍCOLA RÍO BLANCO SpA (en adelante, la “Sociedad”), inscrita a fojas 75.022, número 45.644 del Registro de Comercio correspondiente al año 2014 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, aumentó el capital de la Sociedad de $10.691.362.759 a la suma total de $16.260.793.189, es decir, se aumentó en la suma de $5.569.430.430. El aumento de capital se enteró y pagó íntegramente por el accionista INVERSIONES RÍO BLANCO SpA, mediante la capitalización de una cuenta por cobrar que mantenía en contra de la Sociedad. Por tanto, el capital de la Sociedad corresponde a la suma de $16.260.793.189, dividido en 7.983.315 acciones nominativas y sin valor nominal, todas ordinarias y de una misma serie, íntegramente suscrito y pagado por el accionista. Como consecuencia de lo anterior, se sustituye el artículo cuarto de los estatutos sociales de la Sociedad por el siguiente: “Artículo Cuarto: El capital de la Sociedad es la suma de dieciséis mil doscientos sesenta millones setecientos noventa y tres mil ciento ochenta y nueve pesos chilenos, dividido en siete millones novecientos ochenta y tres mil trescientos quince acciones nominativas y sin valor nominal, todas ordinarias y de una misma serie, pagadero de la forma señalada en el Artículo Primero Transitorio. Los aumentos de capital solamente podrán ser acordados por los accionistas y éstos tendrán derecho de opción preferente a suscribir las nuevas acciones en proporción a su participación accionaria al quinto día hábil previo al acuerdo de aumento de capital. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 21 AGOSTO 2020.