MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

EXPORTADORA SAN LORENZO LIMITADA

RUT 76136180-5 CVE 1806433
Capital
$20.000 CLP
Fecha instrumento
20 de agosto de 2020

Instrumento

Fecha
20 de agosto de 2020
Notario
CAROLINA ISABEL ADAOS VALENZUELA
Domicilio
EUGENIO JIMENEZ LARRAIN

Sociedad

Capital
$20.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CAROLINA ISABEL ADAOS VALENZUELA, Abogado, Notario Público, Suplente de EUGENIO JIMENEZ LARRAIN, notario público, de Ovalle, domicilio Vicuña Mackenna, número trescientos setenta, oficina Tres E, certifico escritura pública hoy ante mí: HARMING VICENTE RIVERA PALACIOS, casado, ingeniero civil en minas, por sí y por SOCIEDAD AGRICOLA Y COMERCIAL SANTA TERESA DE MAL PASO LIMITADA, persona jurídica de derecho privado; comparecen, también, CONSTANZA CAROLINA RIVERA MACHUCA, soltera, agricultora y VICENTE FELIPE RIVERA MACHUCA, soltero, ingeniero civil, todos domiciliados en Chañaral Alto, sin número, Comuna de Monte Patria, MODIFICARON EXPORTADORA SAN LORENZO LIMITADA, nombre de fantasía de "SAN LORENZO LIMITADA" Rut N° 76.136.180-5; constituida por escritura pública de veinte de julio del año dos mil cuatro, otorgada ante Elena Leyton Carvajal, Notario público de la Serena, con un capital de veinte millones de pesos ($20.000.000), inscrita a fojas dieciséis (16), número trece (13), en el Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Monte Patria, correspondiente al año dos mil cuatro (2004), publicada en Diario Oficial de fecha veintiocho (28) de julio del año dos mil cuatro (2004); modificada por escritura pública de catorce (14) de julio del año dos mil diez (2010), otorgada ante Oscar Fernández Mora, Notario público de la Serena, inscrita en extracto a fojas doce vuelta (12 v), número doce (12), en el Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Monte Patria, correspondiente al año dos mil diez (2010), publicada en extracto el ella son HARMING VICENTE RIVERA PALACIOS, con un sesenta por ciento (60%) del interés social; y SOCIEDAD AGRICOLA Y COMERCIAL SANTA TERESA DE MAL PASO LIMITADA, con el cuarenta (40%) por ciento restante del interés social. MODIFICACIÓN POR CESIÓN DE DERECHOS SOCIALES: socio HARMING VICENTE RIVERA PALACIOS, vende, cede y transfiere un TREINTA Y TRES COMA TREINTA Y TRES por ciento de los derechos que detenta en esta sociedad, los que representan un VEINTE por ciento de esta, a doña CONSTANZA CAROLINA RIVERA MACHUCA, quien compra, acepta y recibe para sí, el precio de esta compraventa y cesión de derechos sociales es la suma de seis millones setecientos cincuenta mil pesos ($6.750.000), que la compradora paga en este acto al contado en dinero efectivo. MODIFICACIÓN POR CESIÓN DE DERECHOS SOCIALES: socio HARMING VICENTE RIVERA PALACIOS, vende, cede y transfiere un TREINTA Y TRES COMA TREINTA Y TRES por ciento de los derechos que detenta en esta sociedad, los que representan un VEINTE por ciento de esta, a don VICENTE FELIPE RIVERA MACHUCA, quien compra, acepta y recibe para sí, el precio de esta compraventa y cesión de derechos sociales es la suma de seis millones setecientos cincuenta mil pesos ($6.750.000), precio que el comprador paga en este acto al contado en dinero efectivo. NUEVA CONFORMACION SOCIAL: conforme compraventas y cesiones señaladas, quedan como únicos socios de la EXPORTADORA SAN LORENZO LIMITADA, nombre fantasía "SAN LORENZO LIMITADA", don HARMING VICENTE RIVERA PALACIOS, con veinte por ciento (20%) del interés social; SOCIEDAD AGRICOLA Y COMERCIAL SANTA TERESA DE MAL PASO LIMITADA, con cuarenta por ciento (40%) del interés social; doña CONSTANZA CAROLINA RIVERA MACHUCA, con veinte por ciento (20%) del interés social; y don VICENTE FELIPE RIVERA MACHUCA, con el veinte (20%) por ciento restante del interés social. DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD. Socios establecen que la administración, representación y uso del nombre o razón social de la sociedad y de su nombre de fantasía, corresponderá a don HARMING VICENTE RIVERA PALACIOS, con todas y las más amplias facultades conforme escritura extractada. En todo lo no modificado seguirá vigente el pacto social constitutivo y sus modificaciones. Para todos los efectos que emanen de esta escritura, los socios fijan y se obligan a fijar domicilio en la ciudad de Ovalle. Ovalle 20 de agosto de 2020.-