CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

ELJO SpA

RUT 13951918-3 CVE 1806359
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
19 de agosto de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
19 de agosto de 2020
Repertorio
2942-2020
Notario
Raúl Undurraga Laso
Oficio
29ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Objeto social

La Sociedad tendrá por objeto por cuenta propia o por cuenta ajena, sea en forma directa o a través de terceros: a) la realización de inversiones permanente o de renta, por cuenta propia o de terceros, en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o derechos en sociedades y cualquier clase de títulos o valores mobiliarios; b) Adquirir toda clase de bienes, muebles e inmuebles, administrarlos y disponer de ellos; y, c) Constituir y)o formar parte de todo tipo de sociedades, sean estas civiles o mercantiles que le permitan desarrollar y lograr lo precedentemente señalado, y en general podrá la sociedad ejecutar toda clase de actos y contratos, sean civiles o mercantiles o administrativos que sean conducentes al cumplimiento de los fines sociales, sin perjuicio de realizar cualquier otro negocio que los accionistas acuerden.Capital: $1.000.000, dividido en 100 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado en el acto de constitución por: (a) don Miguel Ángel Sanhueza suscribió y pagó 50 acciones, por un total de $500.000; y (b) don Francisco Javier Sanhueza Aguayo suscribió y pagó 50 acciones, por un total de $500.000

Administración

La Sociedad será administrada por los señores Miguel Ángel Sanhueza y Francisco Javier Sanhueza Aguayo, quienes, actuando individual y separadamente en calidad de administradores de la Sociedad, tendrán las facultades establecidas en el Artículo Séptimo de los estatutos de la misma, y, sin perjuicio de los poderes y delegación de facultades que puedan hacer en terceros, la representarán judicial y extrajudicialmente, y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar a terceros. La inscripción del presente extracto importa el cumplimiento de formalidades establecidas en los estatutos de la Sociedad para la designación de los Administradores

Personas y entidades (2)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Miguel Ángel Sanhueza socio 13951918-3
Francisco Javier Sanhueza Aguayo socio 16768797-0

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Raúl Undurraga Laso, Abogado, Notario Público Titular de la 29ª Notaría de Santiago, con domicilio en calle Mac-Iver N°225, oficina N°302, Santiago, certifica Que por escritura pública de 19 de agosto de 2020, Repertorio N° 2942-2020, ante mí, los señores Miguel Ángel Sanhueza, RUT: 13.951.918-3 y Francisco Javier Sanhueza Aguayo, RUT:16.768.797-0, constituyeron una sociedad por acciones(la “Sociedad”), de cuyos estatutos extracto: Nombre: ELJO SpA. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto por cuenta propia o por cuenta ajena, sea en forma directa o a través de terceros: a) la realización de inversiones permanente o de renta, por cuenta propia o de terceros, en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o derechos en sociedades y cualquier clase de títulos o valores mobiliarios; b) Adquirir toda clase de bienes, muebles e inmuebles, administrarlos y disponer de ellos; y, c) Constituir y/o formar parte de todo tipo de sociedades, sean estas civiles o mercantiles que le permitan desarrollar y lograr lo precedentemente señalado, y en general podrá la sociedad ejecutar toda clase de actos y contratos, sean civiles o mercantiles o administrativos que sean conducentes al cumplimiento de los fines sociales, sin perjuicio de realizar cualquier otro negocio que los accionistas acuerden.Capital: $1.000.000, dividido en 100 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado en el acto de constitución por: (a) don Miguel Ángel Sanhueza suscribió y pagó 50 acciones, por un total de $500.000; y (b) don Francisco Javier Sanhueza Aguayo suscribió y pagó 50 acciones, por un total de $500.000. Administración: La Sociedad será administrada por los señores Miguel Ángel Sanhueza y Francisco Javier Sanhueza Aguayo, quienes, actuando individual y separadamente en calidad de administradores de la Sociedad, tendrán las facultades establecidas en el Artículo Séptimo de los estatutos de la misma, y, sin perjuicio de los poderes y delegación de facultades que puedan hacer en terceros, la representarán judicial y extrajudicialmente, y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar a terceros. La inscripción del presente extracto importa el cumplimiento de formalidades establecidas en los estatutos de la Sociedad para la designación de los Administradores. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 24 de Agosto de 2020.-