Instrumento
- Fecha
- 18 de agosto de 2020
- Notario
- JUAN CARLOS ÁLVAREZ DOMINGUEZ
- Oficio
- Primera Notaría de Santiago de don Hernán Cuadra Gazmuri
- Comuna
- Santiago de don Hernán Cuadra Gazmuri
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
/a) La compra, venta, arriendo, permuta, uso y disposición de toda especie de bienes muebles, inmuebles, locales comerciales y establecimientos de comercio, para desarrollar en ellos las actividades que se señalan en la letra /b) siguiente; /b) La fabricación, exportación, importación, comercialización y distribución al por menor y por mayor de toda clase de bolsas o empaques plásticos, de telas u otros materiales ecológicos, obtenidos mediante procesos de reciclajes, reutilización u otros similares; c) Construir, modificar, disolver, liquidar o invertir en sociedades en Chile o en el extranjero, cuyo giro esté relacionado con la fabricación, producción, distribución, compra, venta y comercialización de toda clase de alimentos. Para tal efecto la sociedad podrá invertir, en el país o en el extranjero, en toda clase de instrumentos financieros, títulos de créditos y valores mobiliarios negociables. Lo anterior es sin perjuicio de las inversiones con el propósito de maximizar el rendimiento de sus excedentes de caja que la sociedad efectúe en los referidos instrumentos, títulos y valores. La sociedad podrá también, en el país o en el extranjero, prestar servicios y asesorías en materias relacionadas con los referidos objetos; d) La inversión, comercialización, desarrollo, explotación, promoción, administración y otras actividades directa e indirectamente relacionadas con la tenencia, compra, venta, arrendamiento y otros actos jurídicos, ya sea por cuenta propia o de terceros, respecto de toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, universalidades, empresas o industrias; y /e) En general, cualquier otra actividad que en el futuro acuerden los accionistas y que se encuentre permitida por la legislación chilena. Para tal efecto la sociedad podrá invertir, en el país o en el extranjero, en toda clase de instrumentos financieros, títulos de créditos y valores mobiliarios negociables. Lo anterior es sin perjuicio de las inversiones con el propósito de maximizar el rendimiento de sus excedentes de caja que la sociedad efectúe en los referidos instrumentos, títulos y valores. La sociedad podrá también, en el país o en el extranjero, prestar servicios en materias relacionadas con los referidos objetos; /f) La inversión, comercialización, desarrollo, explotación, promoción, administración y otras actividades directa e indirectamente relacionadas con la tenencia, compra, venta, arrendamiento y otros actos jurídicos, ya sea por cuenta propia o de terceros, respecto de toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, universalidades, empresas o industrias; y /g) En general, cualquier otra actividad que acuerden los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN CARLOS ÁLVAREZ DOMINGUEZ, abogado, Notario Público Suplente, de la Primera Notaría de Santiago de don Hernán Cuadra Gazmuri, con domicilio en calle Huérfanos No. 1160, oficinas 101 y 102, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifico que: por escritura pública de fecha 18 de agosto de 2020, otorgada ante mí, don Jorge Andrés Labbé Díaz, cédula de identidad N° 16.367.546-3, dom iciliado en calle Francisco de Riveros No. 4.300., comuna de Vitacura, Región Metropolitana; don Martín Cristóbal Rodríguez Rocca, cédula nacional de identidad No. 15.960.820-4, domiciliado en calle Navidad No. 1217, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; y la sociedad CHORILLOS SpA, rol único tributario número 77.190.707-5, con domicilio en Av. La Dehesa No. 3070, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad por acciones denominada “ECOPACKING CHILE SpA”. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que instale en otros puntos del país o en el extranjero. Objeto: /a/ La compra, venta, arriendo, permuta, uso y disposición de toda especie de bienes muebles, inmuebles, locales comerciales y establecimientos de comercio, para desarrollar en ellos las actividades que se señalan en la letra /b/ siguiente; /b/ La fabricación, exportación, importación, comercialización y distribución al por menor y por mayor de toda clase de bolsas o empaques plásticos, de telas u otros materiales ecológicos, obtenidos mediante procesos de reciclajes, reutilización u otros similares; c) Construir, modificar, disolver, liquidar o invertir en sociedades en Chile o en el extranjero, cuyo giro esté relacionado con la fabricación, producción, distribución, compra, venta y comercialización de toda clase de alimentos. Para tal efecto la sociedad podrá invertir, en el país o en el extranjero, en toda clase de instrumentos financieros, títulos de créditos y valores mobiliarios negociables. Lo anterior es sin perjuicio de las inversiones con el propósito de maximizar el rendimiento de sus excedentes de caja que la sociedad efectúe en los referidos instrumentos, títulos y valores. La sociedad podrá también, en el país o en el extranjero, prestar servicios y asesorías en materias relacionadas con los referidos objetos; d) La inversión, comercialización, desarrollo, explotación, promoción, administración y otras actividades directa e indirectamente relacionadas con la tenencia, compra, venta, arrendamiento y otros actos jurídicos, ya sea por cuenta propia o de terceros, respecto de toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, universalidades, empresas o industrias; y /e/ En general, cualquier otra actividad que en el futuro acuerden los accionistas y que se encuentre permitida por la legislación chilena. Para tal efecto la sociedad podrá invertir, en el país o en el extranjero, en toda clase de instrumentos financieros, títulos de créditos y valores mobiliarios negociables. Lo anterior es sin perjuicio de las inversiones con el propósito de maximizar el rendimiento de sus excedentes de caja que la sociedad efectúe en los referidos instrumentos, títulos y valores. La sociedad podrá también, en el país o en el extranjero, prestar servicios en materias relacionadas con los referidos objetos; /f/ La inversión, comercialización, desarrollo, explotación, promoción, administración y otras actividades directa e indirectamente relacionadas con la tenencia, compra, venta, arrendamiento y otros actos jurídicos, ya sea por cuenta propia o de terceros, respecto de toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, universalidades, empresas o industrias; y /g/ En general, cualquier otra actividad que acuerden los accionistas. Capital: $1.000.000 CLP, dividido en 1.000 acciones nominativas, de iguales características y sin valor nominal, que se suscribió y pagó íntegramente de la siguiente forma: /a/ don Jorge Andrés Labbé Díaz, 250 acciones, en dinero efectivo; /b/ don Martín Cristóbal Rodríguez Rocca, 250 acciones, en dinero en efectivo; y c) Chorrillos SpA, 500 acciones, en dinero en efectivo. Duración: La duración de la sociedad será indefinida. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 18 de agosto de 2020.