Desarrollos y Proyectos Clickie SpA
Instrumento
- Fecha
- 19 de agosto de 2020
- Repertorio
- 12863-2020
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $776.102.234 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVERÓNICA TORREALBA COSTABAL, Notario Suplente del Titular de la 33° Notaría de Santiago, don Iván Torrealba Acevedo, con oficio en calle Huérfanos N°979, oficina 501, comuna y ciudad de Santiago, certifico: por escritura pública otorgada con fecha 19 de agosto de 2020, repertorio N° 12863-2020, ante mí, se redujo a escritura pública la junta extraordinaria de accionistas de la sociedad Desarrollos y Proyectos Clickie SpA, en la cual concurrieron la unanimidad de los accionistas, Marcelo Andrés Llévenes Rebolledo, Francisco Javier Lillo Yévenes, Thiare Alejandra Ormeño Pérez, José Miguel Concha Rivas, Eduardo Nicolás Toro Pérez, Felipe Antonio Saá Álvarez, Cristán Omar Rojas Barros, Awnan Company S.A., Jorge Felipe Rickemberg Urrutia y Nicolás Andrés Llévenes Barros, quienes acordaron por unanimidad: modificación sociedad y aumento de capital “DESARROLLOS Y PROYECTOS CLICKIE SpA”, inscrita a Fs. 6110 Nº 3482 año 2018, en sentido siguiente: (1) Aumentar el capital social de la suma de $594.864.359.- dividido en 1.868 acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal, a la cantidad de $776.102.234, dividido en 2.063 acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal, mediante la emisión de 195 acciones ordinarias por un monto total de $181.237.875, las que deberán ser suscritas y pagas dentro del plazo de 30 días contado de esta fecha. (2) En consecuencia, se sustituyeron los artículos Cuarto permanente y Primero transitorio de los estatutos sociales. Capital: $776.102.234.- dividido en 2.063 acciones nominativas, única serie, sin valor nominal, y de igual valor cada una, de las cuales 1.702 acciones se encuentran suscritas y pagadas y 361 acciones por suscribir y pagar. En lo no modificado, siguen rigiendo inalterados los estatutos de la sociedad según fue constituida con fecha 12 de enero de 2018. Demás estipulaciones en la escritura extractada. Santiago, 24 de Agosto de 2020.-