MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ALEJANDRO FARIAS KANACRI Y COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 76080496-7 CVE 1806620
Fecha instrumento
3 de agosto de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
3 de agosto de 2020
Repertorio
14-491-2020
Notario
ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
Trigésima Sexta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N° 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 03 de Agosto de 2020, repertorio N°14-491-2020, ante mí: ROXANA ANDREA DEL PILAR LOBO QUILODRÁN, domiciliada en esta ciudad, calle Padre Mariano número diez, oficina mil trescientos doce, comuna de Providencia, vende, cede y transfiere, la totalidad de sus derechos e intereses en la Sociedad ALEJANDRO FARIAS KANACRI Y COMPAÑÍA LIMITADA, inscrita a fojas 18.691, N°12.685, del Registro de Comercio del año 2010, del Conservador de Comercio de Santiago, correspondientes a un veinte por ciento del total de los derechos sociales, a MARÍA TERESA KANACRI SAWAF, domiciliada en esta ciudad, calle Galvarino Gallardo número dos mil cuarenta, departamento doce, comuna de Providencia, quien los compra, adquiere y acepta para sí. El precio de esta compraventa es la suma de un millón pesos. ALEJANDRO AMADOR FARÍAS KANACRI, domiciliado en esta ciudad, Avenida Vitacura dos mil novecientos nueve, oficina mil cuatrocientos dos, comuna de Las Condes, vende, cede y transfiere un diez por ciento del total de los derechos sociales a CRISTIAN PATRICIO FARIAS KANACRI, domiciliado en esta ciudad, calle Galvarino Gallardo número dos mil cuarenta, departamento doce, comuna de Providencia quien los compra, adquiere y acepta para sí. Los socios de forma unánime modificaron la cláusula y 5ª del contrato social, reemplazándola por las siguiente: “CLÁUSULA QUINTA: El capital social es la suma de quinientos mil pesos que los socios aportaron en la siguiente proporción: Uno) El socio Cristian Patricio Farías Kanacri aportó y pagó la suma de cincuenta mil pesos, al contado y en dinero efectivo, equivalentes al diez por ciento del total de los derechos sociales, suma ingresada en la caja social, declarando la Sociedad haberla recibido a su satisfacción. Dos) La socia María Teresa Kanacri Sawaf aportó y pagó la suma de ciento cincuenta mil pesos, al contado y en dinero efectivo, equivalentes al treinta por ciento del total de los derechos sociales, suma ingresada en la caja social, declarando la Sociedad haberla recibido a su satisfacción. Tres) El socio Alejandro Amador Farías Kanacri aportó y pagó la suma de trescientos mil pesos, al contado y en dinero efectivo, equivalentes al sesenta por ciento del total de los derechos sociales, suma ingresada en caja social, declarando la Sociedad haberla recibido a su entera y total satisfacción.” Demás estipulaciones en la escritura extractada. Santiago, 20 de agosto de 2020.