Agsa SpA
Instrumento
- Fecha
- 19 de agosto de 2020
- Notario
- Luis Ignacio Manquehual Mery
- Oficio
- Octava Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $63.535.291 CLP
- Duración
- La duración de la sociedad será de 15 años contados desde esta fecha, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por periodos iguales de 15 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla mediante una declaración en tal sentido efectuada por escritura pública, de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción social con a lo menos 6 meses de anticipación al vencimiento del respectivo período
Objeto social
El objeto de la sociedad es la tenencia de los derechos sociales y administración de las sociedades filiales Inversiones BUA Limitada, a través de la cual se poseen y explotan inversiones en el extranjero, y la sociedad Agrícola Doña Javiera Limitada, a través de la cual se desarrollan actividades inmobiliarias y agrícolas en el país
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, Abogado, Notario Público Titular Octava Notaria de Santiago, Huérfanos 941, local 302, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 19 de agosto de 2020, otorgada ante mí, Patricio Ábalos Labbé, cédula de identidad N°2.034.538-1 e Inmobiliaria Prime Limitada, rol único tributario N° 96.505.480-4, ambos domiciliados para estos efectos en esta ciudad, Avenida Américo Vespucio N°100, piso 17, Las Condes, Santiago, en su calidad de únicos accionistas de AGSA SpA, acordaron transformar la sociedad en una sociedad de responsabilidad limitada de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Nombre: “Desarrollos e Inversiones AGSA Limitada”, pudiendo usar para efectos bancarios, comerciales y de publicidad la expresión “Desarrollos e Inversiones AGSA Ltda.” Objeto: El objeto de la sociedad es la tenencia de los derechos sociales y administración de las sociedades filiales Inversiones BUA Limitada, a través de la cual se poseen y explotan inversiones en el extranjero, y la sociedad Agrícola Doña Javiera Limitada, a través de la cual se desarrollan actividades inmobiliarias y agrícolas en el país. Duración: La duración de la sociedad será de 15 años contados desde esta fecha, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por periodos iguales de 15 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla mediante una declaración en tal sentido efectuada por escritura pública, de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción social con a lo menos 6 meses de anticipación al vencimiento del respectivo período. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $63.535.291, que los socios aportan de la siguiente manera: i) don Patricio Ábalos Labbé con $63.535.290, equivalentes aproximadamente a un 99,999999% de los derechos sociales, íntegramente enterado y pagado en dinero a entera satisfacción de la sociedad; y ii) Inmobiliaria Prime Limitada con $1, equivalente aproximadamente a un 0,000001% de los derechos sociales, íntegramente enterado y pagado en dinero a entera satisfacción de la sociedad. Administración y uso razón social: La administración, representación y uso de la razón social corresponderán a don Patricio Ábalos Labbé. Responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó portador este extracto para legalización. Santiago, 21 de agosto de 2020.