CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

MUEBLERÍA EL MOLINO SpA

CVE 1805275
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
14 de agosto de 2020
Notaría
Puerto Varas

Instrumento

Fecha
14 de agosto de 2020
Notario
SANDRA ELIANA CÁRCAMO VELÁSQUEZ
Oficio
Tercera Notaría de Puerto Varas
Comuna
Puerto Varas

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP
Domicilio
Puerto Varas

Objeto social

El objeto de la Sociedad será: a) La inversión en bienes inmuebles y muebles, corporales e incorporales, valores, derechos y acciones; b) el ejercicio de la actividad comercial en toda clase de rubros, mediante la compra y venta de toda clase de insumos, artículos y productos, su distribución, comercialización, su importación y exportación; representación de marcas, la administración y gestión de negocios y bienes, todo lo anterior ya sea por cuenta propia o ajena, en Chile o en el extranjero; c) la fabricación de muebles, fabricación de productos de metal, madera y corcho, paja y de materiales trenzables, aserrado y acepilladura de maderas; d) actividades de arquitectura, remodelación, construcción, ingeniería y otras actividades técnicas; e) actividades de impresión y de servicios conexos; f) actividades deportivas y otras actividades de esparcimiento; g) actividades de organizaciones empresariales, profesionales y de empleadores; h) actividades inmobiliarias realizadas a cambio de retribución o por contrata, actividades inmobiliarias realizadas con bienes propios o arrendados; i) alquiler de efectos personales y enseres domésticos no clasificados previamente, alquiler de otros tipos de maquinaria y equipo, alquiler equipo de transporte, aserrado y acepilladura de maderas; j) prestación de toda clase de asesorías, capacitaciones y cursos; k) y en general, realizar toda clase de operaciones comerciales o financieras que se relacionen directamente con el objeto social y todos aquellos que tengan como finalidad ejercer los derechos y cumplir las obligaciones legales o convencionalmente derivados de la existencia y actividad de la Sociedad

Administración

Mientras la Junta de Accionistas no haga una nueva designación, los administradores de la sociedad serán don PEDRO FELIPE GUTIÉRREZ JORDÁN y don ÁLVARO ANDRÉS GATICA STAMBUK, quienes conjuntamente representaran a la Sociedad con todas las facultades indicadas en la cláusula octavo de los estatutos, sin limitación alguna. Sin perjuicio de lo anterior, podrán representar individual y separadamente, uno cualquiera de ellos, a la Sociedad, en cualquier acto u operación que no supere un millón de pesos, para todo otro acto que supere esa suma, deberán actuar conjuntamente. Puerto Varas, 24 de agosto de 2020

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

SANDRA ELIANA CÁRCAMO VELÁSQUEZ, Notario Público Titular de la Tercera Notaría de Puerto Varas, San Bernardo 224, comuna de Puerto Varas, certifica: Que, por escritura pública de 14 de agosto de 2020, repertorio número 1214/2020, ante mí, don ÁLVARO ANDRÉS GATICA STAMBUK, domiciliado para estos efectos en calle Chacabuco número doscientos treinta, comuna y ciudad de Puerto Varas, Región de Los Lagos; y don PEDRO FELIPE GUTIÉRREZ JORDÁN, domiciliado para estos efectos en calle el Laurel número diez, comuna y ciudad de Puerto Varas, Región de Los Lagos, constituyeron una sociedad por acciones, en adelante la “Sociedad”. NOMBRE: “MUEBLERÍA EL MOLINO SpA”. OBJETO: El objeto de la Sociedad será: a) La inversión en bienes inmuebles y muebles, corporales e incorporales, valores, derechos y acciones; b) el ejercicio de la actividad comercial en toda clase de rubros, mediante la compra y venta de toda clase de insumos, artículos y productos, su distribución, comercialización, su importación y exportación; representación de marcas, la administración y gestión de negocios y bienes, todo lo anterior ya sea por cuenta propia o ajena, en Chile o en el extranjero; c) la fabricación de muebles, fabricación de productos de metal, madera y corcho, paja y de materiales trenzables, aserrado y acepilladura de maderas; d) actividades de arquitectura, remodelación, construcción, ingeniería y otras actividades técnicas; e) actividades de impresión y de servicios conexos; f) actividades deportivas y otras actividades de esparcimiento; g) actividades de organizaciones empresariales, profesionales y de empleadores; h) actividades inmobiliarias realizadas a cambio de retribución o por contrata, actividades inmobiliarias realizadas con bienes propios o arrendados; i) alquiler de efectos personales y enseres domésticos no clasificados previamente, alquiler de otros tipos de maquinaria y equipo, alquiler equipo de transporte, aserrado y acepilladura de maderas; j) prestación de toda clase de asesorías, capacitaciones y cursos; k) y en general, realizar toda clase de operaciones comerciales o financieras que se relacionen directamente con el objeto social y todos aquellos que tengan como finalidad ejercer los derechos y cumplir las obligaciones legales o convencionalmente derivados de la existencia y actividad de la Sociedad.- DOMICILIO: Puerto Varas.- CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de $5.000.000 pesos y se divide en 1000 acciones todas iguales y de una misma serie, nominativas y sin valor nominal, que se suscriben y pagan según la forma que se indica en escritura extractada.- ADMINISTRACIÓN: Mientras la Junta de Accionistas no haga una nueva designación, los administradores de la sociedad serán don PEDRO FELIPE GUTIÉRREZ JORDÁN y don ÁLVARO ANDRÉS GATICA STAMBUK, quienes conjuntamente representaran a la Sociedad con todas las facultades indicadas en la cláusula octavo de los estatutos, sin limitación alguna. Sin perjuicio de lo anterior, podrán representar individual y separadamente, uno cualquiera de ellos, a la Sociedad, en cualquier acto u operación que no supere un millón de pesos, para todo otro acto que supere esa suma, deberán actuar conjuntamente. Puerto Varas, 24 de agosto de 2020.-