MODIFICACIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

COMERCIAL GABRIEL ANTONIO ASTETE PALMA E.I.R.L.

RUT 76911656-7 CVE 1805736
Fecha instrumento
11 de noviembre de 2015

Instrumento

Fecha
11 de noviembre de 2015
Repertorio
1269-2015
Notario
MARÍA ANTONIETA SUÁREZ CASTRO
Domicilio
Lautaro

Objeto social

Tres) Además, la empresa podrá realizar toda actividad que directamente permita cumplir el objeto de la misma.” Además, reemplaza la cláusula quinta relativa a la administración, representación y uso de la razón social, en el sentido de establecer que corresponderá a don GABRIEL ANTONIO ASTETE PALMA, con amplias facultades señaladas en escritura extractada. En todo lo no modificado, la escritura constitutiva seguirá plenamente vigente. Lautaro 19 de agosto. 2020

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA ANTONIETA SUÁREZ CASTRO, Notario público Lautaro, Matta 962, certifica: Por escritura hoy ante mí, GABRIEL ANTONIO ASTETE PALMA, chileno, comerciante, casado y separado totalmente de bienes, C.I. N° 11.906.132-6, domiciliado en Martínez de Rozas 163, Lautaro, en calidad de empresario constituyente, saneó y modificó la empresa “COMERCIAL GABRIEL ANTONIO ASTETE PALMA E.I.R.L.”, nombre fantasía “COMERCIAL G Y C E.I.R.L.”, RUT N° 76.911.656-7, constituida mediante escritura pública de 11 de noviembre de 2015, otorgada ante doña LUISA HERNANDEZ OVALLE, Notario Lautaro, suplente de la titular, doña MARÍA ANTONIETA SUÁREZ CASTRO, Repertorio N° 1269-2015, inscrita a fojas 98 vuelta, N° 79 del Registro de Comercio de Lautaro, año 2015, extracto publicado con fecha 18 de noviembre de 2015, edición N° 41.310 Diario Oficial, CVE: 967704; respecto de aquello que dice relación con el objeto social, reemplazando la cláusula segunda por la siguiente: “SEGUNDO: La empresa tendrá por objeto desarrollar, por cuenta propia o de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: Uno) La importación, exportación, compra, venta, comisión, consignación, distribución, representación y comercialización, al por mayor o al detalle, de toda clase de productos y/o artículos relativos al rubro bazar y paquetería, sin que la enumeración sea taxativa y a un modo meramente ejemplar, tales como, artículos de decoración y antigüedades, artículos electrónicos, artículos de telefonía, relojería y similares, artículos de regalo y tabaquería en general, entre otros. Podrá también la empresa tomar representaciones de todas las marcas relacionadas al rubro. Dos) Intervenir, participar y/o formular ofertas y/o propuestas en procesos de licitación, tanto públicos como privados. Además, podrá participar y/o ofertar en procesos de compra y contratación de bienes y/o servicios, sin que la enumeración sea taxativa y a modo meramente ejemplar, a través de algún mecanismo establecido en la Ley de Compras y su reglamento, incluyendo los convenios Marco, licitación pública, licitación privada o contratación directa, entre otros, y que digan relación con el objeto social. Tres) Además, la empresa podrá realizar toda actividad que directamente permita cumplir el objeto de la misma.” Además, reemplaza la cláusula quinta relativa a la administración, representación y uso de la razón social, en el sentido de establecer que corresponderá a don GABRIEL ANTONIO ASTETE PALMA, con amplias facultades señaladas en escritura extractada. En todo lo no modificado, la escritura constitutiva seguirá plenamente vigente. Lautaro 19 de agosto. 2020.