MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inmobiliaria Puerta Oriente Limitada

RUT 76359070-4 CVE 1804621
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
20 de julio de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
20 de julio de 2020
Notario
MYRIAM ELIZABETH MARIELA AMIGO ARANCIBIA
Oficio
Vigésimo Primera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MYRIAM ELIZABETH MARIELA AMIGO ARANCIBIA, Notario Público Titular de la Vigésimo Primera Notaría de Santiago, Huérfanos 578, Santiago, certifico que por escritura de fecha 20/7/2020, Repertorio número 8.890/2020 ante mí, INVERSIONES OIP SpA, representada por don Rodrigo Javier Poblete Astrain, ambos domiciliados en Avenida Santa María 2.450, piso 4, Providencia, Región Metropolitana; PH INMOBILIARIA SpA, representada por don José Martín Blanco García, ambos domiciliados en Avenida Vitacura 5.250, oficina 308, Vitacura, Región Metropolitana; EBCO INMOBILIARIO SpA, representada por don Germán Luis Eguiguren Franke, ambos con domicilio en Avenida Santa María 2.450, piso 3, Providencia, Región Metropolitana; y 70W DESARROLLOS INMOBILIARIOS SpA, representada por don José Martín Blanco García, ambos domiciliados en Avenida Vitacura 5.250, oficina 308, Vitacura, Región Metropolitana; modificaron “Inmobiliaria Puerta Oriente Limitada”, inscrita a fojas 32.005 N° 22.876 Registro de Comercio de Santiago del año 2005. Modificaciones consisten en: A) PH INMOBILIARIA SpA vende, cede y transfiere la totalidad de los derechos que posee en Inmobiliaria Puerta Oriente Limitada, los cuales ascienden al 32,5% del interés social, a 70W DESARROLLOS INMOBILIARIOS SpA, la que los compra y acepta para sí, por el precio de 13.800 Unidades de Fomento, el que se pagará en su equivalente en pesos al día del pago efectivo, dentro del plazo de 6 meses contados desde la fecha de la escritura extractada. B) Como consecuencia de la cesión, se retira de la sociedad PH INMOBILIARIA SpA e ingresa 70W DESARROLLOS INMOBILIARIOS SpA, la que pasa a detentar el 32,5% de los derechos sociales. C) Se sustituye la cláusula quinta del estatuto social por la siguiente: “QUINTO. Capital. El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, el cual se encuentra íntegramente pagado por los socios en las siguientes cantidades y proporciones: a) Ebco Inmobiliario SpA aportó la suma de $350.000, siendo titular del 35% del capital. b) Inversiones OIP SpA aportó la suma de $325.000, siendo titular del 32,5% del capital. c) 70W Desarrollos Inmobiliarios SpA aportó la suma de $325.000 siendo titular del 32,5% del capital”. En todo lo no modificado, se mantienen plenamente vigentes las estipulaciones contenidas en la escritura pública de constitución de la sociedad y sus sucesivas modificaciones. Santiago, 21 de Agosto de 2020. nrs.-