Transportes RR Ibáñez Limitada
Instrumento
- Fecha
- 14 de agosto de 2020
- Notario
- Andrés Cuadra González del Riego
- Domicilio
- las comunas de Linares
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalAndrés Cuadra González del Riego, Abogado, Notario Público Titular de las comunas de Linares, Colbún y Yerbas Buenas, con oficio en calle Chacabuco N° 551, comuna de Linares, Región del Maule, certifica: Que, por escritura Pública, otorgada ante mí, con fecha 14 de agosto del año 2020, se procedió a celebrar escritura rectificatoria en los siguientes términos: Que en virtud de la escritura rectificatoria ya indicada, se procedió a rectificar la escritura pública de cesión de derechos sociales y modificación de sociedad, suscrita ante el notario público titular, don Luis Guillermo Álvarez Donoso, escritura anotada en el repertorio de escrituras públicas bajo el número 1.702/2020. Actualmente inscrita a fojas 198, número 155 del registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Linares del año 2020, respecto de la sociedad que gira bajo la razón social de “Transportes RR Ibáñez Limitada”, rut 76.545.951-6, en el sentido de: Clausula Sexta: Modificaciones al pacto social, letra e, donde dice: Capital: El capital social corresponde a la suma de $3.000.000, que se dividen de la siguiente manera, a don Ricardo Antonio Ibáñez Soto, le corresponde la suma de $2.850.000 del capital social, equivalente al 90% de la participación total de la sociedad (reunido con la participación que ya tenía desde la constitución de la sociedad, es decir un 50%, más lo que compra en este acto al cedente, equivalente al 40%). Y a don RICARDO MIGUEL ANTONIO IBAÑEZ SAN MARTÍN, le corresponde la suma de $150.000 del capital social, equivalente al 10% de la participación total de la sociedad (atendido al porcentaje que le compró al cedente mediante esta escritura). Debe decir: Capital: El capital social corresponde a la suma de $3.000.000, que se dividen de la siguiente manera, a don Ricardo Antonio Ibáñez Soto, le corresponde la suma de $2.850.000 del capital social, equivalente al 95% de la participación total de la sociedad (reunido con la participación que ya tenía desde la constitución de la sociedad, es decir un 50%, más lo que compra en este acto, equivalente al 45% de la cuota del cedente). Y a don RICARDO MIGUEL ANTONIO IBAÑEZ SAN MARTÍN, le corresponde la suma de $150.000 del capital social, equivalente al 5% de la participación total de la sociedad (atendido al porcentaje que le compró al cedente mediante esta escritura). Demás estipulaciones en escritura pública de fecha 14 de agosto del año 2020, ya singularizada.- Linares, 19 agosto de 2020.