MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD AGRICOLA SANTA VALENTINA LIMITADA

RUT 76545426-3 CVE 1803789
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
14 de agosto de 2020

Instrumento

Fecha
14 de agosto de 2020

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CAROLINA ARAYA LOPEZ, Notario Curicó, Estado 236, Suplente del Titular don Rodrigo Domínguez Jara, certifica: Por escritura pública ante mí de fecha 14 Agosto 2020, don ALEJANDRO ENRIQUE GUERRERO DIAZ, domiciliado en Isla Bajo, Camino Sagrada Familia, sin número, comuna de Sagrada Familia; don GALVARINO DEL ROSARIO GUERRERO LEON, domiciliado en Rodríguez N°370, comuna de Curicó y doña ELISA MARGOT CALQUIN NAVARRO, domiciliada en Isla Bajo, sin número, Camino Sagrada Familia, Comuna Sagrada Familia, modificaron la sociedad comercial de responsabilidad limitada que gira bajo la razón social de “SOCIEDAD AGRICOLA SANTA VALENTINA LIMITADA”, Rut. Nº76.545.426-3, constituida por escritura pública de fecha 08 febrero 2016, ante el Notario Público de Curicó, don Rodrigo Domínguez Jara. El domicilio social es la ciudad de Curicó. El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000. El extracto de la sociedad fue inscrito a fojas 148 vuelta N°99 Registro Comercio Conservador Curicó año 2016.- Don GALVARINO DEL ROSARIO GUERRERO LEON, vende, cede y transfiere el 20% que le corresponde en el capital social a don ALEJANDRO ENRIQUE GUERRERO DIAZ, quien los compra, acepta y adquiere para sí.- Precio, $800.000, que se paga al contado y en dinero efectivo.- Don GALVARINO DEL ROSARIO GUERRERO LEON, vende, cede y transfiere el 5% que le corresponde en el capital social a doña ELISA MARGOT CALQUIN NAVARRO, quien los compra, acepta y adquiere para sí.- Precio, $200.000, que se paga al contado y en dinero efectivo.- Como consecuencia de la cesión de derechos mencionadas en las cláusula anterior, se retira de la sociedad “Agrícola Santa Valentina Limitada” don Galvarino del Rosario Guerrero León, quedando como únicos socios don Alejandro Enrique Guerrero Díaz, con un 95% del capital social, sus utilidades, ingresos proporcionales acumulados y eventuales pérdidas; y doña Elisa Margot Calquín Navarro, con un 5% del capital social, sus utilidades, ingresos proporcionales acumulados y eventuales pérdidas.- Lo no modificado se mantiene vigente el resto de las cláusulas del pacto social.- Otras estipulaciones, escritura extractada.- Curicó, 20 Agosto 2020.-