Inmobiliaria e Inversiones Cuatro Hijos Limitada
Instrumento
- Repertorio
- 6706-2020
- Notario
- CHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CÁCERES
- Oficio
- Titular de la Séptima Notaría de Santiago doña MARÍA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ
- Comuna
- Santiago doña MARÍA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ
Sociedad
- Capital
- $10.000 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| INMOBILIARIA E INVERSIONES CUATRO HIJOS LIMITADA | socio | 76111855-2 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CÁCERES, abogado, Notario Público Suplente de la Titular de la Séptima Notaría de Santiago doña MARÍA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, con oficio en calle Agustinas N° 1161, entrepiso, comuna de Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 6 de agosto del año2020, otorgada ante mí bajo el Repertorio N°6.706- 2020,GONZALO SEGUNDO DONOSO PLATE y DONOSO ARQUITECTOS SpA, ambos domiciliados en calle Francisco Ginebra N°4720, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, modificaron la sociedad INMOBILIARIA E INVERSIONES CUATRO HIJOS LIMITADA, Rol Único Tributario N° 76.111.855-2, inscrita a fojas 44.630N° 30.964del Registro de Comercio de Santiago, correspondiente al año 2010,capital estatutario a esta fecha de$10.000.000(la “Sociedad”), en el sentido de sustituir íntegramente las cláusulas Décima y Décima Tercera del Título Quinto de los estatutos sociales por las siguientes:“CLAÚSULA DÉCIMA: La sociedad se disolverá en forma anticipada por el consentimiento unánime de los socios o por cualquier causa legal, sin perjuicio de lo que se establece en la cláusula Décimo Tercera que sigue.”;“CLAUSULA DÉCIMO TERCERA: En caso de fallecimiento de un socio, la sociedad no se disolverá y continuará con el o los socios sobrevivientes y los herederos del socio fallecido, debiendo éstos últimos nombrar un mandatario común que los represente, mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces respectivo. De otro lado, en caso de fallecimiento de don Gonzalo Segundo Donoso Plate, el uso de la razón social y la administración y representación de la sociedad corresponderá a doña María del Pilar Ovalle Vergara, cédula de identidad número 9.211.011-7, con todos y cada uno de los poderes y facultades señalados en la cláusula Séptima del Título Tercero de los estatutos sociales, que se dan por expresamente reproducidos en esta sección.”. En lo no modificado se mantiene inalterable el pacto social, en especial la limitación de responsabilidad de los socios al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Se facultó al portador del presente extracto para su legalización. Santiago, 7 de agosto del año2020. CHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CÁCERES.