MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD PERIODÍSTICA ARAUCANIA DIARIO LIMITADA

RUT 76984613-1 CVE 1802850
Capital
$10.000 CLP
Fecha instrumento
23 de junio de 2020

Instrumento

Fecha
23 de junio de 2020
Repertorio
4873-20
Notario
ESMIRNA VIDAL MORAGA
Domicilio
Temuco

Sociedad

Capital
$10.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ESMIRNA VIDAL MORAGA, Notario Público Titular de Temuco, con oficio en A. Varas Nº979, CERTIFICO: Que, por escritura pública de fecha 23 de junio de 2020, otorgada ante mi Suplente MARIA IGNACIA VÁSQUEZ ARANGO, bajo el Repertorio Nº4873-20, comparecieron: doña Tania Elizabeth Márquez Kacic, chilena, rol único tributario Nº 13.226.015-K, Periodista, casada con separación total de bienes, domiciliada en calle Manuel Bulnes Nº 635 departamento 504, Temuco; don Ricardo Alfonso Barría Dillems, chileno, rol único tributario Nº15.321.513-8, Ingeniero Comercial y Magíster en Comunicación Social, divorciado, domiciliado para estos efectos en avenida Arturo Prat Nº 696 oficina 428, Temuco y don Felicerio Nabor Barría Carrasco, chileno, rol único tributario Nº 4.892.145-0, empleado, divorciado, domiciliado en calle Manuel Bulnes Nº 635 departamento 404, Temuco; expusieron: PRIMERO: Que por escritura pública otorgada ante el Notario Público de Temuco, Carlos Alarcón Ramírez, con fecha 18 de enero de 2019, doña TANIA ELIZABETH MÁRQUEZ KACIC y don RICARDO ALFONSO BARRIA DILLEMS, constituyeron la sociedad comercial de responsabilidad limitada “SOCIEDAD PERIODÍSTICA ARAUCANIA DIARIO LIMITADA” o “ARAUCANIA DIARIO LTDA.”, Rol Único Tributario número 76.984.613-1, y un extracto de dicha escritura se inscribió a fojas 85 vuelta, Nº58, en el Registro de Comercio del año 2019 que al efecto lleva el Conservador de Bienes Raíces de Temuco, y fue publicado en el El capital social equivalente a la suma de $10.000.000 fue aportado por los socios de la siguiente manera: Doña TANIA ELIZABETH MÁRQUEZ KACIC aportó la suma de $5.000.000 de la siguiente manera: a) con $1.000.000 al contado, en dinero efectivo, ingresados a la caja social y b) con $4.000.000 por pagar en un plazo de 5 años, los que a la fecha no han sido enterados; por lo que su participación en la empresa correspondía a un 50% del haber social y don RICARDO ALFONSO BARRIA DILLEMS aportó la suma de $5.000.000, de la siguiente manera: a) con $1.000.000 al contado, en dinero efectivo, ingresados a la caja social y b) con $4.000.000 por pagar en un plazo de 5 años; por lo que su participación en la empresa correspondía a un 50% del haber social. SEGUNDO: En este acto y por el presente instrumento, los únicos y actuales socios de la sociedad “SOCIEDAD PERIODÍSTICA ARAUCANIA DIARIO LIMITADA”, doña TANIA ELIZABETH MÁRQUEZ KACIC y don RICARDO ALFONSO BARRIA DILLEMS, vienen en modificar la sociedad de la siguiente manera: Uno.- TANIA ELIZABETH MÁRQUEZ KACIC, dueña del 50% del haber social, vende cede y transfiere a don FELICERIO NABOR BARRIA CARRASCO el total de su interés y participación en la sociedad “SOCIEDAD PERIODÍSTICA ARAUCANIA DIARIO LIMITADA”, equivalente al 50% del total del haber social. El precio de esta cesión es la suma de $5.000.000, que don FELICERIO NABOR BARRIA CARRASCO paga de la siguiente manera: a) $1.000.000 en dinero efectivo, al cedente, y que éste declara recibir a su entera satisfacción, sirviendo la presente de suficiente recibo de pago, b) $4.000.000 que el comprador se compromete a enterar a la sociedad bajo las mismas condiciones y plazos estipulados en la escritura de constitución original, esto es, en el plazo de 5 años a contar de la constitución de la sociedad.- Comparece autorizando la presente cesión de derechos el socio Don RICARDO BARRIA DILLEMS, ya individualizado otorgando autorización a los comparecientes para la cesión y transferencia de los derechos sociales indicados, otorgando además el más amplio y completo finiquito al respecto. TERCERO: En consecuencia, y producto de la cesión de derechos sociales realizada y descrita en la cláusula precedente, sale de la sociedad doña TANIA ELIZABETH MÁRQUEZ KACIC e ingresa a la sociedad don FELICERIO NABOR BARRIA CARRASCO, quedando como únicos socios los actuales socios de la sociedad “SOCIEDAD PERIODÍSTICA ARAUCANIA DIARIO LIMITADA” y sus respectivas participaciones, de la siguiente manera: Don RICARDO ALFONSO BARRIA DILLEMS dueño del 50% del total del haber social y don FELICERIO NABOR BARRIA CARRASCO dueño del 50% del total del haber social.- CUARTO: El compareciente cedente de la sociedad declara no tener cargo alguno en contra de la sociedad ni de los socios que quedan en ella y los socios que quedan tampoco respecto al cedente otorgándose recíproco finiquito. QUINTO: Seguirán vigentes todas las estipulaciones y/o cláusulas de la escritura constitutiva y/o originaria de la sociedad “SOCIEDAD PERIODÍSTICA ARAUCANIA DIARIO LIMITADA” o “ARAUCANIA DIARIO LTDA.” y de sus posteriores modificaciones, que no hayan sido modificadas por el presente instrumento.- SEXTO: Los comparecientes, por medio del presente instrumento, facultan a la Abogado, doña Valeri Yanette Barría Dillems y al Abogado Leo Fuentes Belmar, para que en su representación, cualquiera de ellos proceda a rectificar, sanear, complementar y/o aclarar por escritura pública cualquier error de hecho no substancial en que se hubiere incurrido en la presente escritura, con el sólo fin que el Conservador de Bienes Raíces respectivo pueda practicar las inscripciones y anotaciones que fueran procedentes. Demás espitulaciones constan en escritura extractada.- Doy Fe. Temuco, 19 de Agosto de 2020.