Instrumento
- Fecha
- 12 de agosto de 2020
- Repertorio
- 11669/2020
- Notario
- LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY
- Oficio
- Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $100.000 CLP
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto dedicarse, ya sea por cuenta propia y)o de terceros y)o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, a las siguientes actividades; a) La comercialización e intermediación de toda clase de bienes y servicios, ya sean propios o de terceros, pudiendo prestar los servicios a través de medios impresos o a través de toda clase de medios digitales ya sea que estos sean de su propiedad o contratados con terceros. En el desarrollo de la actividad podrá ejecutar por cuenta de terceros todos los actos que fueren necesarios para tales efectos, pudiendo asimismo supervisar, coordinar y dirigir las referidas actividades; b) servicios de asesoría, diseño, desarrollo, integración, implementación, consultoría, y comercialización de tecnologías de la información, software, soluciones tecnológicas, aplicaciones, algoritmos, integración de sistemas de redes y monitoreo remoto; c) la importación y exportación de todo tipo de tecnologías de la información, participación de operaciones de comercio exterior y de licitaciones públicas o privadas, nacionales o extranjeras; d) La importación, exportación, elaboración, transformación, manufacturación, compraventa, distribución, representación, y cualquier otra clase de comercialización de cualquier tipo de especies, artículos o mercaderías; e) La inversión de capitales, por cuenta propia o ajena, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, en todo tipo de sociedades, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; tomar parte en otras empresas o sociedades o modificarlas, cualquiera sea su objeto social, y asumir la administración de las mismas; y f) En general, realizar cualquier acto o negocio que tienda directa o indirectamente al cumplimiento del
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, Abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos número novecientos cuarenta y uno, local trescientos dos, comuna de Santiago, certifica que: por escritura pública de fecha 12 de agosto de 2020, ante mí, bajo el repertorio N° 11669 / 2020, Patricio Alejandro Rojas Abalos y Alfredo Junior Gómez González, constituyeron una sociedad por acciones cuyos estatutos extracto. RAZON SOCIAL: Sherpath SpA; OBJETO: La Sociedad tendrá por objeto dedicarse, ya sea por cuenta propia y/o de terceros y/o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, a las siguientes actividades; a) La comercialización e intermediación de toda clase de bienes y servicios, ya sean propios o de terceros, pudiendo prestar los servicios a través de medios impresos o a través de toda clase de medios digitales ya sea que estos sean de su propiedad o contratados con terceros. En el desarrollo de la actividad podrá ejecutar por cuenta de terceros todos los actos que fueren necesarios para tales efectos, pudiendo asimismo supervisar, coordinar y dirigir las referidas actividades; b) servicios de asesoría, diseño, desarrollo, integración, implementación, consultoría, y comercialización de tecnologías de la información, software, soluciones tecnológicas, aplicaciones, algoritmos, integración de sistemas de redes y monitoreo remoto; c) la importación y exportación de todo tipo de tecnologías de la información, participación de operaciones de comercio exterior y de licitaciones públicas o privadas, nacionales o extranjeras; d) La importación, exportación, elaboración, transformación, manufacturación, compraventa, distribución, representación, y cualquier otra clase de comercialización de cualquier tipo de especies, artículos o mercaderías; e) La inversión de capitales, por cuenta propia o ajena, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, en todo tipo de sociedades, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; tomar parte en otras empresas o sociedades o modificarlas, cualquiera sea su objeto social, y asumir la administración de las mismas; y f) En general, realizar cualquier acto o negocio que tienda directa o indirectamente al cumplimiento del objeto social. CAPITAL: El capital de la Sociedad será la suma de $100.000, dividido en 100.000 acciones nominativas, todas del mismo valor, sin valor nominal y de una misma y única serie, el cual queda íntegramente suscrito y pagado en la forma que se indica a continuación: a) Patricio Alejandro Rojas Abalos suscribe y paga en este acto, 80.000 acciones, por un valor de $80.000; b) Alfredo Junior Gómez González, suscribe y paga en este acto, 20.000 acciones, por un valor de $20.000. De este modo, han quedado íntegramente suscritas y pagadas por los accionistas la totalidad de acciones en que se encuentra dividido el capital social. Santiago, 17 de agosto de 2020.