RENTAS NUEVO HORIZONTE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 11 de agosto de 2020
- Notario
- JUAN CARLOS ALVAREZ DOMINGUEZ
- Oficio
- Titular de la Primera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $129.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN CARLOS ALVAREZ DOMINGUEZ, abogado, Notario Público suplente del Titular de la Primera Notaría de Santiago, de don Hernán Cuadra Gazmuri, con domicilio en calle Huérfanos 1160, oficinas 101 y 102, comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 11 de agosto de 2020 ante mí, doña GLORIA EUGENIA ABUSLEME RAMOS; y don JAVIER ANDRÉS ÁLVAREZ PÉREZ, quien comparece por sí y en representación de RENTAS HERMANOS DOBLE A LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, rol único tributario número 76.825.139-8, y de ADMINISTRADORA NUEVO HORIZONTE SpA, sociedad del giro de su denominación, rol único tributario número 76.539.012-5, todos los anteriores domiciliados para estos efectos en calle Marco Polo N° 8939, comuna de Hualpén, Región del B io Bio y de paso en ésta, modificaron sociedad de responsabilidad limitada “RENTAS NUEVO HORIZONTE LIMITADA”, RUT 76.825.139-8, inscrita en extracto a fojas 2523 vta. bajo el número 2000 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción del año 2017, publicada en el D.O. 27/11/2017. Modificaciones sociales consisten: a) Compraventa de Derechos Sociales. Con el consentimiento de los restantes socios, doña Gloria Eugenia Abusleme Ramos, vendió, cedió y transfirió el 100% de los derechos sociales de que es dueña o titular en Rentas Nuevo Horizonte Limitada, equivalentes al 0,16% del total de los derechos sociales de la referida compañía, a Rentas Hermanos Doble A Limitada, quien, actuando por medio de su representante, los compró, aceptó y adquirió conforme para sí. b) Como consecuencia de esta cesión de derechos sociales, se retira de la compañía doña Gloria Eugenia Abusleme Ramos, situación que es expresamente aceptada por todos los comparecientes. c) Modificaciones Sociales. Los socios comparecientes acuerdan sustituir la cláusula sexta de los Estatutos Sociales por la siguiente: “CLÁUSULA SEXTA: CAPITAL. El capital de la sociedad es la suma de $129.000.000, que se divide en la siguiente forma: a) Don Javier Andrés Álvarez Pérez aporta la suma de $1.924.551, equivalentes a un 1,49% de participación en el capital social, enterados íntegramente y en su totalidad con anterioridad a esta fecha en la caja social. b) Rentas Hermanos Doble A Limitada aporta la suma de $125.950.698, equivalentes a un 97,64% de participación en el capital social, enterados íntegramente y en su totalidad con anterioridad a esta fecha en la caja social. c) Administradora Nuevo Horizonte SpA aporta la suma de $1.124.751 equivalentes a un 0,87% de participación en el capital social, enterados íntegramente y en su totalidad con anterioridad a esta fecha en la caja social. Del modo referido, el capital social ha quedado íntegramente pagado. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes.”. En lo demás, estatutos sociales se mantienen íntegramente vigentes. Socios mantienen limitación de responsabilidad hasta monto de sus aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Capital Vigente $129.000.000. Santiago, 19 de Agosto de 2020. JCA.