Santa Lucía Solar SpA
Instrumento
- Fecha
- 11 de agosto de 2020
- Notario
- VERÓNICA TORREALBA COSTABAL
- Oficio
- 33a Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $200.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVERÓNICA TORREALBA COSTABAL, Notario Público Suplente de la 33a Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 979, oficina 501, Santiago, certifica: que con fecha 11 de agosto de 2020, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de Santa Lucía Solar SpA, sociedad inscrita a fojas 63.979, número 31.195 en el Registro de Comercio de Santiago del año 2019 (en adelante, la “Sociedad”), celebrada con fecha 11 de agosto de 2020, en la que se acordó lo siguiente: (i) Aumentar el capital social desde la suma de $200.000, dividido en 200.000 acciones ordinarias, de una misma serie, todas nominativas de igual valor y sin valor nominal, a la nueva cantidad de $10.780.885, dividido en 10.780.885 acciones, esto es, aumentar el capital social en $10.580.885, mediante la emisión de 10.580.885 nuevas acciones; y (ii) Modificar los artículos Quinto y Primero Transitorio de los estatutos sociales por los siguientes: “Artículo Quinto: El capital de la Sociedad asciende a la suma de $10.780.885, dividido en 10.780.885 acciones nominativas, sin valor nominal, de igual valor y de una misma y única serie. El capital se suscribe y paga en la forma que se indica en el Artículo Primero Transitorio de los presentes estatutos”. “Artículo Primero Transitorio.- El capital de la Sociedad es la suma de $10.780.885 pesos chilenos, dividido en 10.780.885 acciones ordinarias, de una misma serie, todas nominativas de igual valor y sin valor nominal, de las cuales $200.000 dividido en 200.000 se encuentran íntegramente suscritas y pagadas, y $10.580.885 pesos dividido en 10.580.885 acciones que se encuentran pendientes de suscripción y pago, y que deberán quedar íntegramente suscritas y pagadas dentro del plazo de 30 días a contar del día 11 de agosto de 2020 .”. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 11 de agosto de 2020.