NEW CHEMICALS CHILE SpA
Instrumento
- Fecha
- 10 de agosto de 2020
- Repertorio
- 3022
- Notario
- LUIS ENRIQUE TAVOLARI OLIVEROS
- Oficio
- 22 Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $12.555.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS ENRIQUE TAVOLARI OLIVEROS, Notario Público, Titular 22 Notaría Santiago, Don Carlos 2889, Lc.4, comuna de Las Condes, certifica: Que con fecha 11 de Agosto de 2020, se redujo a escritura pública, ante mí, Repertorio N°3.022, el Acta de la Junta Extraordinaria de Accionista celebrada con fecha 10 de agosto de 2020, de la sociedad NEW CHEMICALS CHILE SpA, inscrita a fojas 34024 número 16676 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2020, donde se acordó lo siguiente: Uno) Modificar el título tercero artículo sexto de los estatutos sociales en el sentido de que los aportes societarios podrán ser efectuados tanto en dinero efectivo como en todo tipo de bienes, ya sean muebles, inmuebles, corporales o incorporales; Dos) Aumento de Capital a través de la emisión de nuevas acciones; Así, en razón de lo anterior, el título tercero artículo sexto quedó de la siguiente manera: “ARTÍCULO SEXTO: El capital de la sociedad será la suma de $12.555.000.- (doce millones quinientos cincuenta y cinco mil pesos) dividido en 12.555 (doce mil quinientas cincuenta y cinco) acciones nominativas, todas de una misma serie, de igual valor y sin valor nominal, que serán emitidas sin necesidad de imprimir físicamente títulos accionarios. El capital social se entera y paga de la manera expresada en las disposiciones transitorias del presente estatuto social. Tanto el capital inicial como los eventuales aumentos de capital podrán pagarse tanto en dinero efectivo como en especies, ya sean bienes muebles, inmuebles, corporales o incorporales. La valoración de estos bienes se acordará en forma unánime por los socios constituyentes y, en el caso de los aumentos de capital, de la manera que se acuerde con ocasión de cada aumento. En silencio o falta de acuerdo, los aportes deberán pagarse en dinero efectivo.” En todo lo no modificado, sigue vigente el pacto social primitivo. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 14 de agostos de 2020.