MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

MUÑOZ Y VELASQUEZ LIMITADA

RUT 77413530-8 CVE 1802273
Fecha instrumento
14 de agosto de 2020
Notaría
Ñuñoa

Instrumento

Fecha
14 de agosto de 2020
Notario
ROLANDO SEPULVEDA PRUSSINGER
Domicilio
titular Juan Eugenio del Real Armas
Comuna
Ñuñoa

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ROLANDO SEPULVEDA PRUSSINGER, Abogado, Notario Público Suplente del titular Juan Eugenio del Real Armas, 1ra Notaria de Ñuñoa, Oficio Av. Irarrázaval N° 1745 b, Santiago, Certifico: Que por escritura pública de hoy ante mí, don FERNANDO ALBERTO VELASQUEZ AGUIRRE, domiciliado Av. Macul N° 6.305, depto. 1.301, Macul, don EUGENIO ALBERTO MUÑOZ PAVEZ y doña JULIA BERNARDITA JARA MORALES, ambos domiciliados calle Del Crepúsculo N° 1.545, Pudahuel; vienen en modificar sociedad comercial de responsabilidad limitada “MUÑOZ Y VELASQUEZ LIMITADA”, con nombre de fantasía “DON FEÑA LTDA”, RUT 77.413.530-8, constituida por escritura pública de fecha veintinueve de noviembre de mil novecientos noventa y nueve, otorgada ante don Hugo Leonardo Perez Pousa, Notario Público Titular de la Vigésima Notaria de Santiago con oficio en Amunategui número trescientos treinta y tres, cuyo extracto se inscribió a fojas treinta mil setecientos veintiuno número veinticuatro mil quinientos diez del Registro de Comercio año mil novecientos noventa y nueve del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, publicada en el noventa y nueve. La sociedad no ha sido objeto de modificaciones. CESION DE DERECHOS: El socio don FERNANDO ALBERTO VELASQUEZ AGUIRRE, dueño de un 50% del haber social vende, cede y transfiere sus derechos sociales a la socia que ingresa a la sociedad doña JULIA BERNARDITA JARA MORALES, quien los compra, acepta y adquiere para sí, el precio de la cesión es la suma de $3.000.000, que se pagan en este acto por la cesionaria en dinero efectivo declarando el cedente recibirlo a su entera satisfacción y conformidad dando por cancelado el precio. Como consecuencia de lo anterior quedan como únicos y actuales socios de la sociedad “MUÑOZ Y VELASQUEZ LIMITADA”, con nombre de fantasía “DON FEÑA LTDA”, don EUGENIO ALBERTO MUÑOZ PAVEZ, con un 50% del haber social y doña JULIA BERNARDITA JARA MORALES, con un 50% del haber social y como únicos y actuales socios de la sociedad, vienen en modificar la cláusula Segunda del pacto social, en el sentido en que la razón social será “SOCIEDAD MJ LIMITADA”, pudiendo funcionar y actuar, inclusive ante los bancos u otras instituciones, con el nombre de fantasía de “MJ LTDA.” Además, modifican la cláusula Cuarta, en cuanto a que la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a ambos socios, quienes actuando separada e indistintamente y anteponiendo a sus firmas la razón social la representaran con las más amplias facultades. Demás estipulaciones en escritura extractada. SANTIAGO 14 DE AGOSTO DE 2020.