INMOBILIARIA E INVERSIONES GOLD STONE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 5 de agosto de 2020
- Repertorio
- 2357-2020
- Notario
- VICTOR HUGO QUIÑONES SOBARZO
- Oficio
- Primera Notaría de Puerto Montt
- Comuna
- Puerto Montt
Sociedad
- Capital
- $106.114.977 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVICTOR HUGO QUIÑONES SOBARZO, Notario Público Titular Primera Notaría de Puerto Montt, con oficio en Guillermo Gallardo 165, de esta ciudad, certifico: Que por escritura pública de fecha 05 de agosto de 2020, repertorio N°2.357-2020, otorgada ante mí: doña KU-HUI TSENG, chilena, viuda, administradora de empresas, cédula de identidad número catorce millones cuatrocientos noventa y nueve mil diecisiete guion K, con domicilio para estos efectos en Granulita número dos mil treinta y seis, ciudad de Puerto Montt, don VICTOR LIANG TSENG, chileno, soltero, ingeniero civil industrial, cédula de identidad número dieciocho millones ciento sesenta y tres mil ochocientos ochenta y uno guion ocho, con domicilio para estos efectos en Granulita número dos mil treinta y seis, ciudad de Puerto Montt, por si y en representación convencional de doña ROXANA LIANG TSENG, chilena, soltera, médico, cédula de identidad número diecisiete millones seiscientos treinta mil setecientos ochenta y nueve guion siete, con domicilio para estos efectos en Luis Thayer Ojeda 74, comuna de Providencia, Santiago, modificaron y rectificaron la Sociedad “INMOBILIARIA E INVERSIONES GOLD STONE LIMITADA”, inscrita a fojas 574 número 359 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt del año 2020. Las modificaciones consisten en: 1. Se disminuye el capital social a la suma de $106.114.977.- 2. Se disminuye el aporte de la socia Ku-Hui Tseng a la suma de $40.962.607.- 3. Se modifica la participación de los socios por la siguiente: Ku-Hui Tseng tendrá una participación equivalente al 38,6% de la sociedad, mientras que los socios Victor Liang Tseng y Roxana Liang Tseng, tendrán una participación equivalente al 30,7% cada uno de ellos. La rectificación consiste en especificar que el poder especial otorgado a la abogada Oriana Almonacid Fernández y a don Víctor Liang Tseng en el artículo décimo séptimo de la escritura de constitución de la sociedad, se podrá ejercer indistintamente por cualquiera de ellos. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Puerto Montt, 08 de agosto de 2020.